BOLETÍN Nº 100 - 21 de agosto de 1998

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS GENERALES DE MALERREKA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen laboral, de dos plazas de Trabajador/a Familiar, con destino al Servicio a Domicilio del Servicio Social de Base de la Mancomunidad de Malerreka

1.-Normas generales.

1.1. Se anuncia convocatoria pública para la provisión mediante concurso-oposición, y en régimen laboral fijo a jornada completa de dos plazas de Trabajador/a Familiar, para prestar sus servicios en el Servicio a Domicilio del Servicio Social de Base de la Mancomunidad de Malerreka.

El Tribunal calificador confeccionara la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación obtenida de mayor a menor y elevará a la Asamblea de la Mancomunidad propuesta de nombramiento para las plazas del siguiente modo:

-En favor de los 2 aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación final, los dos puestos de Trabajador/a Familiar a jornada completa en Régimen Laboral fijo.

-Se confeccionará una lista por estricto orden de puntuación final obtenida, con el resto de personas aprobadas a partir de la 3.ª mejor puntuación final obtenida que elevará a la Asamblea de la Mancomunidad para cubrir sustituciones. Las personas que compongan esta lista serán contratadas para cubrir sustituciones por bajas, vacaciones, etc. en función de necesidades por estricto orden de puntuación obtenida. La Asamblea elevará definitivamente la lista confeccionada por el tribunal y será posteriormente el Presidente de la Mancomunidad quien formalice los oportunos contratos concretos para las sustituciones, siguiendo el estricto orden de la lista.

1.2. Las personas designadas deberán pasar un periodo de prueba de dos meses a contar desde la fecha de formalización del contrato.

1.3. La retribución económica será la correspondiente al nivel E con la subida reglamentaria, incluyendo en esa cantidad pagas extraordinarias y vacaciones.

1.4. El régimen de jornada del trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por la Mancomunidad.

1.5. Las funciones a desempeñar por las personas designadas comprenderán todas aquellas tareas encaminadas a la atención a la familia y al cuidado del hogar de aquellas personas o familias que, debido a su situación, requieran ser atendidas por el Servicio de Atención a Domicilio.

1.6. Las personas designadas tendrán el deber de residir en cualquiera de los municipios de la Mancomunidad de Malerreka.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a este concurso-oposición los aspirantes deberán reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Hallarse en posesión, como mínimo, del Certificado Escolaridad.

d) Estar en posesión del carnet de conducir clase B y poseer vehículo.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las funciones a desarrollar.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga el puesto de trabajo. Deberá además gozar de los mismos durante el procedimiento de concurso-oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en la Secretaria de la Mancomunidad, sita en Doneztebe/Santesteban, dentro de los treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El plazo expirará a las 12 horas del último día.

3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será improrrogable.

3.3. Documentación a aportar:

a) Instancia en modelo con todos los extremos cumplimentados, según anexo a la presente convocatoria y fotocopia del D.N.I.

b) Copia autentificada o fotocopia compulsada de los requisitos exigidos en el punto numero 2.1., o declaración prometida o jurada al respecto, así como los documentos o copias autentificadas de los méritos alegados.

4.-Admisión de los aspirantes y reclamaciones.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes el Presidente de la Mancomunidad, dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, y explicará las razones que han motivado las citadas exclusiones. Dicha lista se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones, y una vez resueltas éstas, el Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma publicación se señalará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Miguel San Miguel Azpiroz, Presidente de la Mancomunidad.

Suplente: Periko Mindeguia, Vicepresidente de la Mancomunidad.

Vocales:

1.º M.ª Teresa Mariezcurrena Nuin, miembro de la Comisión de Bienestar Social de la Mancomunidad de Malerreka.

Suplente: Jose Ignacio Marizcurrena Azpiroz.

2.º Un representante del Instituto de Bienestar Social y un suplente.

3.º Un Asistente Social y un suplente.

Secretario: M.ª José Larrayoz Ariztegui. Secretaria de la Mancomunidad.

Suplente: Quien legalmente le sustituya.

5.2. El Tribunal se constituirá antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución la asistencia de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que pueda plantear la interpretación y aplicación de estas bases.

5.4. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos de D.N.I., quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. Fase de concurso.

a) El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo de méritos. Todos los méritos deberán ser alegados y acreditados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición. Los documentos deberán ser originales o compulsados debidamente, teniéndose en cuenta sólo los méritos acreditados en la fecha de la publicación de la convocatoria.

b) El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes. Los méritos alegados y acreditados fuera de plazo se tendrán por no presentados.

c) Concluida la fase del concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, precisando los puntos que haya obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso, en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad de Malerreka.

-Experiencia: Por trabajo como Trabajador/a Familiar en un Servicio a Domicilio, 5 puntos por año trabajado. Cuando el tiempo trabajado no complete anualidades o jornadas enteras se obtendrá la correspondiente proporcionalidad. Máximo: 15 puntos.

-Cursillos: Asistencia a cursillos de formación relacionados directamente con el trabajo con una duración igual o superior a 20 horas, 2 puntos y cursos de duración igual o superior a 40 horas, 4 puntos por curso. Como máximo se concederán 10 puntos. Cuando no se especifique las horas de duración de los cursos, éstos no podrán ser puntuados.

* La puntuación máxima del concurso será de 15 puntos.

6.2. Fase de oposición.

a) Consistirá en la realización de las siguientes pruebas:

-Prueba de conocimiento del euskara. Prueba oral y escrita de euskara con un máximo de 10 puntos. Para la corrección de este ejercicio se solicitará la colaboración de un Técnico del Departamento de Politika Lingüistica o de un Técnico de Euskara de la zona. Para superar la prueba deberá obtenerse como mínimo 7,5 puntos.

-Prueba Teórica. Consistirá en contestar 40 preguntas cortas elaborados por el Tribunal, durante un plazo máximo de 2 horas, sobre ideas básicas del contenido de los temas que figuran en el anexo. Para superar la prueba, será necesario alcanzar la puntuación mínima de 5 puntos de un máximo de 10 puntos que tiene asignada la prueba. Cada pregunta se calificará de 0 a 0,25 puntos.

-Prueba práctica. Un ejercicio de carácter teórico-práctico que consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico sobre un caso de Atención Domiciliaria, elaborado por el Tribunal. La duración máxima del ejercicio será de 2 horas y la puntuación máxima de 10 puntos, quedando eliminado todo aquel que no obtenga 5 puntos.

-Entrevista personal con el Tribunal que se calificará con un máximo de 5 puntos.

Cada una de estas pruebas tendrá carácter eliminatoria, salvo la entrevista personal, por lo que en caso de que no supere alguna se perderá el derecho a participar en la siguiente prueba.

7.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Valorados los méritos de la fase de concurso y clasificados los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación, que será publicada en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad. El Tribunal elevará a la Asamblea General propuesta de nombramiento a favor de los dos aspirantes que hayan obtenido una mayor calificación final.

7.2. Dicha propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.3. En el plazo de 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes propuestos deberán aportar los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requeridos en la convocatoria, quedando caducado el derecho de los aspirantes si dentro del plazo mencionado y salvo fuerza mayor, debidamente acreditada, no presentase la mencionada documentación, cubriéndose su baja con el aspirante inmediato en la relación de aprobados.

8.-Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso de selección y aportados los documentos a que hace referencia la base anterior, la Mancomunidad de Malerreka mediante acuerdo, procederá a sus nombramientos como empleados contratados de la Mancomunidad para desempeñar el puesto de Trabajador/a Familiar. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.2. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si transcurrido dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor, no tomarán posesión, perderán sus derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral de la Mancomunidad de Malerreka.

8.3. Normas para la lista de Trabajador/as Familiares para cubrir sustituciones.

La Asamblea general de la Mancomunidad aprobará la lista propuesta por el Tribunal, elevándola a definitiva, incluyendo en la misma a los aspirantes que hubieran dado cumplimiento a lo establecido en la base 7.

Las personas incluidas en la lista, accederán a los puestos de trabajo por estricto orden de puntuación obtenida, siendo el Presidente de la Mancomunidad, quien formalice los oportunos contratos de trabajo concretos para las sustituciones, en función de las necesidades en cada momento, por bajas, vacaciones, etc... Si los aspirantes designados para cubrir una baja concreta no accedieran al puesto de trabajo en el plazo que se les indique, se procederá a designar al aspirante siguiente por orden de puntuación.

9.-Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas podrá interponerse alguno de los siguientes recursos:

-Recurso contencioso - administrativo, ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente a la publicación o notificación.

-Previamente y con carácter potestativo, Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de 1 mes desde la publicación o notificación del mismo.

Doneztebe/Santestetan, a cinco de agosto de mil novecientos noventa y ocho. El Presidente, Miguel San Miguel Azpiroz.

ANEXO 1

Modelo de instancia

Don/Dña .......... nacido en ....... provincia de ....... con D.N.I. numero ........ y domicilio en ............., calle ........... número ......... y teléfono ............

Ante Vd. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas de Trabajador/a Familiar en el Servicio Social de Base de la Mancomunidad de Malerreka, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, numero...... de fecha.....

Que reúne todos, y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud tenga la suscribiente por admitido en la convocatoria para la provisión de las mencionadas plazas.

Doneztebe/Santesteban, a .. de .. de 19..

ANEXO II

Temario

Tema 1.-Los Servicios Sociales de Base en Navarra.

Tema 2.-Servicio de Asistencia a Domicilio: Filosófica y población destinataria.

Tema 3.-El Trabajador Familiar: Funciones a desempeñar y su papel en el equipo del Servicio Social de Base.

Tema 4.-Problemática de la 3.ª Edad en los aspectos físico, psíquico y social.

Tema 5.-Problemática del minusválido en los aspectos físico, psíquico y social.

Tema 6.-Higiene personal y de la vivienda. Aspectos sanitarios a tener en cuenta.

Tema 7.-Importancia de la alimentación en la salud.

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