BOLETÍN Nº 96 - 11 de agosto de 1997

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de seis puestos de trabajo de Trabajador/as Familiares, a media jornada

Esta Mancomunidad anuncia convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de seis plazas de Trabajador/as Familiares a media jornada, con arreglo al condicionado siguiente:

1.-Normas generales.

1.1. Las personas que resulten nombradas en virtud de la presente convocatoria, tendrán la condición de contratadas laborales fijas a media jornada y serán afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.

1.2. Las personas nombradas tendrán el deber de residencia en alguna de las localidades que componen esta Mancomunidad.

1.3. La retribución bruta anual será equivalente al 50 por ciento de la retribución correspondiente al nivel E del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del Servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano competente.

1.5. Las funciones a desempeñar por las personas designadas comprenderán todas aquellas tareas encaminadas a la atención a la familia y al cuidado del hogar de aquellas personas o familias que, debido a su situación requieran ser atendidas por el Servicio de Atención Domiciliaria, que le serán encomendadas por la Mancomunidad de Servicios Sociales.

1.6. Las personas designadas deberán pasar un periodo de prueba de quince días a contar desde la fecha de formalización del contrato.

2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir, en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o de cualquier otro Estado de la Unión Europea y ser mayor de edad.

b) Hallarse en posesión como mínimo del Certificado de Escolaridad o equivalente.

c) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

d) Tener la capacidad física y psíquica para el desempeño del cargo.

e) Hallarse en posesión del carnet de conducir vehículos de la clase B-1 y disponer de vehículo para su desplazamiento.

3.-Instancias.

3.1. Las instancias se presentarán en el registro de la Mancomunidad dentro de los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias.

3.2. Los aspirantes deberán adjuntar a la instancia los documentos, originales o copias compulsadas notarial o administrativamente, que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto 2.1 del presente condicionado.

3.3. A la instancia para participar en las pruebas deberán adjuntar justificante de haber abonado en la cuenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite número 2054-0034-4-2-300000224.1 de la Caja de Ahorros de Navarra la cantidad de dos mil (2.000) pesetas en concepto de derechos de examen.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.-Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se aprobará por el Presidente de la Mancomunidad la lista provisional de admitidos y excluidos, y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la lista de admitidos y excluidos, podrán formular reclamaciones o, en su caso, subsanar los defectos formales de su instancia y documentación presentada.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos por el Presidente de la Mancomunidad, y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, publicándose asimismo la fecha de comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan Carlos Zabal Saenz, Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite.

Suplente: Don Angel Arnaudas Granell, Vicepresidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite.

Vocal: Don Rubén Mina González, Vocal de la Mancomunidad.

Suplente.: Vocal de la Asamblea a designar por ésta.

Vocal: Trabajadora Social del Servicio Social de Base de Artajona.

Suplente: Trabajadora Social del Servicio Social de Base de Carcastillo..

Vocal: Un Técnico designado por el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Suplente: Un Técnico designado por el Instituto Navarro de Bienestar Social.

Vocal-Secretario: Don José Luis Unzué Ruiz, por serlo de la Mancomunidad.

Suplente: Don José Javier Remirez de Ganuza Casado, Secretario de los Ayuntamientos de Beire y Pitillas.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su valida constitución y actuación, la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores para todas o algunas de las pruebas, dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición.

6.2. Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria, en las oficinas de la Mancomunidad.

7.-Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo de méritos. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no aportados en caso contrario.

7.2. Méritos:

a) Por servicios prestados en las Administraciones Públicas como Trabajadora Familiar, 4 puntos por año. La puntuación máxima por este apartado será de 20 puntos.

Cuando el tiempo de experiencia acreditada no complete anualidades enteras, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.

b) Por cursillos relacionados con el Servicio a Domicilio, se puntuará de la siguiente forma:

-Se contabilizarán los cursos a partir de las 20 horas con una puntuación de 0,10 puntos por hora con un máximo de 10 puntos.

La puntuación correspondiente al concurso, no podrá ser superior a 30 puntos.

7.3. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

7.4. Concluida la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes, en las oficinas de la Mancomunidad, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno.

8.-Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio.

Prueba teórica sobre el desarrollo de un tema elegido al azar entre los temas del Anexo II.

Duración del ejercicio: 2 horas.

Valoración de 0 a 30 puntos.

b) Segundo ejercicio.

Un ejercicio de carácter teórico-práctico que consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico sobre un caso de Atención Domiciliaria, elaborado por el Tribunal.

Duración del ejercicio: 2 horas.

Valoración de 0 a 30 puntos.

c) Entrevista personal.

Los aspirantes mantendrán una entrevista con el Tribunal que versará sobre temas generales de Servicios Sociales o sobre temas concretos del trabajo a desarrolla.

Puntuación máxima de 10 puntos.

8.2. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado, y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio que se trate.

8.3. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en las oficinas de la Mancomunidad, la fecha y lugar de celebración del siguiente ejercicio, y las calificaciones obtenidas.

8.4. Las pruebas se realizarán por el sistema de plicas cerradas, mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas, quedarán eliminados.

8.5. El Tribunal podrá acordar potestativamente la realización de varios o todos los ejercicios en un mismo día.

9.-Relación de aprobados.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en las oficinas de la Mancomunidad, y ordenará la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, la relación de aprobados y el orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en la fase de concurso y oposición, así como la propuesta de nombramiento.

9.2. Dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la propuesta de nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, cada uno de los aspirantes propuestos deberá aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño del cargo.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado de una Administración Pública.

9.3. Si dentro del plazo fijado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, algún aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser formalizado su contrato laboral quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4. En el supuesto previsto en el caso apartado 9.3, la Mancomunidad cubrirá esa plaza con los sucesivos candidatos incluidos en la lista, a que hace referencia el apartado 9.1, por orden de puntuación

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo, se procederá al nombramiento por la Mancomunidad, de los propuestos como contratados laborales fijos a media jornada, de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor no tomaran posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral fijo de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite, procediéndose de la forma prevista en la base 9.4.

11.-Recursos.

11.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de la misma, podrán interponerse los recursos establecidos en la legislación vigente para las Entidades Locales de Navarra.

Olite a veintisiete de Mayo de mil novecientos noventa y siete. El Presidente, Juan Carlos Zabal Saenz.

ANEXO I

Don ....................., mayor de edad, con D.N.I. número .......... y nacido el día ..... de ............. de 19....., natural de ....................... (..............), con domicilio en ................., calle .............., número ......, código postal .........., teléfono ..........

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de seis plazas de Trabajador/as Familiares a media jornada.

Que no padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de la condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para le presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de seis plazas de Trabajador/as Familiares.

..............., a ...., de ............. de 1997.

(Firma)

Sr. Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Olite.

ANEXO II

1.-Los Servicios Sociales de Base en Navarra.

2.-Servicio de Asistencia a Domicilio: Filosofía y población destinataria.

3.-El Trabajador Familiar: Funciones a desempeñar y su papel en el equipo del Servicio Social de Base.

4.-Problemática de la tercera edad en los aspectos físico, psíquico o social.

5.-Problemática del minusválido en los aspectos físico, psíquico o social.

6.-Higiene personal y la vivienda. Aspectos sanitarios a tener en cuenta.

7.-Importancia de la alimentación en la salud.

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