BOLETÍN Nº 96 - 11 de agosto de 1997

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA. Edicto de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 y 135 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la Orden Foral 502/1996, de 25 de junio, del Consejero de Presidencia, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo:

"ORDEN FORAL 60/1997, de 28 de mayo de 1997, del Consejero de Presidencia e Interior, por la que se impone una sanción de 1.000.001 pesetas a don Marino Vázquez Negro y don Roberto Jorge Luis Pardo Eguaras por infracción de la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Visto el expediente sancionador iniciado frente a don Marino Vázquez Negro y don Roberto Jorge Luis Pardo Eguaras, mediante Orden Foral 448/1996, de 3 de mayo, del Consejero de Presidencia e Interior, en virtud de la denuncia de la Policía Municipal de Pamplona, por los incidentes ocurridos en el Bar "Traveling", sito en la calle Travesía de Bayona, 3, de Pamplona, el día 22 de enero de 1995, a las 4,08 horas, y cuya titularidad corresponde a la sociedad irregular "Bar Traveling" formada por don Marino Vázquez Negro y don Roberto Jorge Luis Pardo Eguaras.

Notificado el pliego de cargos, a través de la publicación de un Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tras los múltiples intentos de notificación personal a favor de los dos expedientados, no se presentaron alegaciones, procediéndose por la Instructora del expediente a dictar propuesta de resolución de fecha 6 de noviembre de 1996, en la que se señala que el hecho considerado probado constituye una infracción del artículo 17.3 de la Ley Foral 2/1989, de 13 de marzo, reguladora de espectáculos públicos y actividades recreativas, tipificada muy grave en el artículo 22.8 de la citada Ley Foral.

Ante esta propuesta de resolución, notificada a través de Edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de 21 de abril de 1997, los expedientados no presentan alegaciones.

En virtud de lo expuesto. y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto y en uso de las facultades que me confiere la normativa aplicable al caso,

ORDENO:

1.º Sancionar a don Marino Vázquez Negro y don Roberto Jorge Luis Pardo Eguaras, como titulares del Bar "Traveling" con una multa de 1.000.001 pesetas, por infracción de la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.

2.º El importe de la multa deberá ser ingresado en cualquier Banco o Caja de Ahorros, mediante carta de pago que podrá retirar en las dependencias de la Dirección General de Interior (Avenida Carlos III, 2, 31002 - Pamplona).

3.º Notificar la presente Orden Foral a don Marino Vázquez Negro y don Roberto Jorge Luis Pardo Eguaras, y al Negociado de Gestión Económica de Interior, advirtiéndoles que contra la misma se puede interponer recurso ordinario ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación de la presente.

Pamplona, veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y siete.-El Consejero de Presidencia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

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