BOLETÍN Nº 37 - 26 de marzo de 1997

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Autoridades y Personal

RESOLUCION de 10 de marzo de 1997, del Director General de Función Pública, por la que se nombra funcionario a don Francisco Molina Rosillo, para desempeñar un puesto de trabajo de Facultativo Especialista de Area en Oncología Médica para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Mediante Resolución 828/1995, de 23 de junio, del Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de 1 puesto de trabajo de Facultativo Especialista de Area en Oncología Médica para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con destino en el Hospital de Navarra (número de plantilla 66123). Dicha convocatoria fue publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 98 de 7 de agosto de 1995.

Por Resoluciones 497/1996 y 664/1996 se aprobaron las listas provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. Dichas listas se publicaron en los Boletines Oficiales de Navarra números 98, de 14 de agosto de 1996 y 133, de 1 de noviembre de 1996.

Realizadas las fases de concurso y de oposición, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 9, de 20 de enero de 1997, la propuesta de nombramiento en favor de don Francisco Molina Rosillo, y habiendo presentado éste la documentación requerida dentro del plazo establecido, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 9 de la convocatoria, procede el nombramiento.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas por Orden Foral 659/1996, de 25 de septiembre, del Consejero de Presidencia e Interior,

HE RESUELTO:

1.º Nombrar funcionario a don Francisco Molina Rosillo, para desempeñar un puesto de trabajo de Facultativo Especialista de Area en Oncología Médica para el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, con destino en el Hospital de Navarra (número de plantilla 66123).

2.º El nombramiento conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

El puesto de trabajo pertenece al nivel A, y se encuentra clasificado en el estamento "Facultativo Especialista" y especialidad "Oncología Médica", de la clasificación vigente de nombramientos en estamentos y especialidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (Anexo de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea). El puesto estará dotado con las remuneraciones establecidas en la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, y demás disposiciones aplicables.

El nombrado quedará vinculado orgánicamente al Hospital de destino con la categoría de Adjunto. Asimismo quedará adscrito funcionalmente al Area de Salud correspondiente a dicho Hospital y desarrollará las actividades propias derivadas de la mencionada adscripción funcional conforme a las normas y directrices que emanen de la Dirección del Centro o del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

El aspirante nombrado será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en la localidad de destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el respectivo término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

El aspirante nombrado prestará sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, es decir, con plena disponibilidad y total y absoluta dedicación, sin que pueda realizar ninguna otra actividad lucrativa ni en el sector público ni en el privado, con excepción de los supuestos indicados en el artículo 10.3. de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre.

Asimismo, realizará las guardias de presencia física y/o localizada que en su caso ordene la Dirección del Centro, o por delegación de ésta, la Jefatura respectiva.

Según prevé la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, los profesionales sanitarios participarán en la docencia pregraduada, postgraduada y continuada de los profesionales sanitarios y contribuirán en la misma medida en las acciones de educación para la salud de la población.

3.º El aspirante nombrado deberá tomar posesión del puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral.

4.º Notificar la presente Resolución al interesado, a los miembros del Tribunal, a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, a la Dirección de Personal del Hospital de Navarra, al Servicio de Personal y al Negociado de Régimen de Personal del Departamento de Presidencia y ordenar la publicación del nombramiento en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, diez de marzo de mil novecientos noventa y siete.-El Director General de Función Publica, Ignacio Bandrés Urriza.

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