BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 1997

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL, de 2 de diciembre de 1997, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se determinan los domingos y festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante 1998.

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la Ordenación del Comercio Minorista, faculta a las Comunidades Autónomas para regular los horarios de apertura y cierre de los locales comerciales y la determinación de los domingos y festivos en que se podrán abrir los establecimientos comerciales.

El Gobierno de Navarra reguló esta materia mediante Decreto Foral 693/1996, de 30 de diciembre, de horarios comerciales, en cuyo artículo 2.º se dispone que los domingos y festivos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público serán, como máximo, ocho al año, y que la determinación de los días concretos corresponde al Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, previa audiencia de las Asociaciones de Consumidores y Usuarios, Asociaciones de Comerciantes y Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, aprobación que deberá realizarse antes del 15 de diciembre de cada año.

Una vez oídas las asociaciones de los empresarios del sector, las asociaciones de consumidores y usuarios y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra y visto el informe del Servicio de Comercio y Consumo.

En virtud de sus facultades, el Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

HA DISPUESTO:

Artículo único.-Los domingos y días festivos concretos en que los comercios podrán permanecer abiertos al público durante 1998 son:

-4 de enero

-9 de abril

-3 de diciembre

-8 de diciembre

-13 de diciembre

-20 de diciembre

-27 de diciembre

-8 de febrero en Tafalla; 24 de junio en Burlada; 25 de julio en Tudela; 6 de septiembre en Cintruénigo; 13 de septiembre en Sangüesa; 18 de octubre en Alsasua; 29 de noviembre en Estella; 29 de noviembre en Pamplona; y en el resto de los municipios de Navarra, el día del Patrón de la localidad.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a dos de diciembre de mil novecientos noventa y siete.-El Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, Ramón Bultó Llevat.

Código del anuncio: A9710787