II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
C A D R E I T A
Aprobación de tipos de gravamen, y porcentajes aplicables a los impuestos de carácter obligatorio y roldes tributarios
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 1 de diciembre de 1997, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar los tipos de gravamen, porcentajes aplicables a los impuestos que a continuación se expresan, así como los roldes tributarios que se prevén recaudar en el año 1998.
Contribución territorial rústica:
-Tipo de gravamen: 0,80 por ciento.
Contribución territorial urbana:
-Tipo de gravamen: 0,3203 por ciento.
Impuestos de actividades económicas:
-Recargo municipal: 15 por ciento.
Incremento del valor de los terrenos:
-Coeficiente para hallar el aumento del valor: 2,60 por ciento.
-Tipo de gravamen: 15 por ciento
Impuesto de tracción mecánica
-Tarifas establecidas por el Gobierno de Navarra para el año 1998
Impuesto de construcciones y obras
-Tipo de gravamen: 3,5 por ciento
Los efectos del acuerdo entrarán en vigor a partir del día 1 de enero de 1998
Lo que se publica para general conocimiento, de conformidad con la legislación vigente.
Cadreita, a cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y siete. El Alcalde-Presidente, Angel Ría García.
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