BOLETÍN Nº 10 - 22 de enero de 1997

V. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Audiencia Provincial de Navarra Sección Segunda

E D I C T O

Don Angel Chasco Pérez de Arenaza, Secretario de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra.

Hago saber: Que en el recurso de apelación número 95/96, dimanante de autos de juicio de menor cuantía número 172/95, sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona, promovidos por Banesto Leasing, S.A.F., S.A., frente a don José Martín Chivite Delmas, éste último en rebeldía; se ha dictado sentencia con fecha 27 de noviembre de 1996, que contiene el siguiente fallo:

"Estimando el recurso de apelación interpuesto por el Procurador don Joaquín Taberna Carvajal, en nombre y representación de "Banesto Leasing, S.A.F., S.A.", frente a la sentencia dictada por la ilustrísima señora Magistrada, Juez de Primera Instancia número Cuatro de Pamplona en autos de juicio de menor cuantía número 172/95, debemos revocar y revocamos dicha sentencia.

Y estimando la demanda interpuesta por el referido Procurador señor Taberna en la indicada representación frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el Procurador don José Antonio Ubillos Mosso, y frente a don José Martín Chivite Delmas, declarado en rebeldía, debemos imponer e imponemos a dichos demandados las costas de la primera instancia, sin pronunciamiento alguno sobre el alzamiento del embargo trabado sobre el bien objeto de la tercería ejercitada al haber sido alzado ya el mismo durante la tramitación de esta segunda instancia.

Todo ello sin especial imposición de las costas de esta alzada.

Con testimonio de esta resolución, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de procedencia, para su conocimiento y puntual ejecución.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los componentes de esta Sección".

Con la remisión necesaria y para su publicación en el BOLET=N OFICIAL de Navarra, a fin de que sirva de notificación de la mencionada sentencia al demandado rebelde, al que se hace saber que contra la misma no cabe recurso alguno, expido y firmo el presente en Pamplona, a diez de diciembre de mil novecientos noventa y seis. El Secretario, Angel Chasco Pérez de Arenaza.7665

Código del anuncio: 7665

Hace cien años

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