II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
F A L C E S
Tipos de gravamen para 1997 y precios públicos
El Pleno del Ayuntamiento de Falces, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 1996, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, acordó:
1.-Fijar en el 0,28 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana.
2.-Fijar en el 0,71 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.
3.-Fijar el tipo de gravamen del I.C.I.O. en el 3 por ciento del coste real y efectivo de la construcción.
4.-Fijar los porcentajes mínimos establecidos en el artículo 175 de la Ley Foral 2/1995, en los cuadros para cada periodo, según la población de derecho (hasta 5.000 habitantes).
5.-Este acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 1997.
6.-Igualmente se aprobó el establecimiento de los siguientes precios públicos: Por enterramientos en el Cementerio Público; por sacrificio de reses en el Matadero municipal y por obras e instalaciones a cargo de particulares.
Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses desde el día de su publicación, o previamente y con carácter potestativo recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la publicación del mismo.
Falces, a treinta de diciembre de mil novecientos noventa y seis. El Alcalde Presidente, Jesús María Ausejo Aguirre.
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