BOLETÍN Nº 97 - 12 de agosto de 1996

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

T U D E L A

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo, de carácter funcionarial, de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Tudela

En la sesión que el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento celebró, el día 28 de junio de 1996, adoptó, entre otros, el acuerdo que se transcribe a continuación, a propuesta de la Comisión Informativa de Economía, Cuentas, Hacienda, Patrimonio, Servicios Contratados y Asuntos Generales:

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo, de carácter funcionarial, de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Tudela

Base 1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Arquitecto Técnico del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela, con destino al Area de Actividades Económicas (Subárea de Economía y Hacienda).

1.2. El número de puestos de trabajo convocados podrá ampliarse posteriormente hasta completar el de vacantes existentes el día en que el Tribunal Calificador correspondiente haga pública la relación de aprobados, conforme al artículo 11 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra.

1.3. El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de funcionario de nómina y plantilla desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, tal y como establece la Ley Foral 13/1993, de 30 de diciembre.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel B de los establecidos en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y Reglamento Provisional de Retribuciones de 4 de julio de 1984. El nombrado quedará incompatibilizado para ejercer su titulación en esfera pública o privada. En consecuencia el puesto de trabajo estará dotado de un 35% del Nivel B en concepto de incompatibilidad.

1.5. Tareas, funciones y responsabilidades.

Prestará apoyo a la Corporación, dentro de los servicios técnicos de que se dota el Ayuntamiento, para lo que colaborará en todos los asuntos relacionados con el Area a la que se adscribe el puesto de trabajo, desempeñando tareas de gestión, estudio y propuesta, de carácter administrativo, sobre la materia propia de su titulación.

Las funciones a desempeñar serán:

-Gestión de servicios y unidades que les estén encomendados.

-Emisión de informes y dictámenes en asuntos de su competencia.

-Asesoramiento en las materias de su especialización.

-Tramitación de expedientes con la propuesta, en su caso, de la resolución que proceda.

-Realización de estudios y trabajos que le correspondan por razón de su actividad profesional

De conformidad con el nivel en que está encuadrado, su responsabilidad será esencialmente de colaboración y apoyo a las funciones del nivel "A" y las profesionales propias de su titulación.

Además, le podrán ser asignadas por su superior aquellas tareas análogas relacionadas con las misiones propias del puesto de trabajo que desempeñe.

1.6. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el término municipal de Tudela, a cuyos efecto se registrarán en el Padrón Municipal de Habitantes de este término municipal.

1.7. En cuanto a condiciones de trabajo y empleo, que no se contemplen en estas bases, y en lo que compete a este Ayuntamiento, se estará a lo dispuesto en el acuerdo sobre condiciones de empleo de los funcionarios y trabajadores contratados fijos y temporales del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela y de sus organismos autónomos, aprobado por el Pleno el 23 de febrero de 1996, y publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 36, de 22 de marzo de 1996.

La jornada de trabajo será la establecida para el personal de las Administraciones Públicas de Navarra, en régimen que se adaptará a las necesidades del servicio.

1.8. Se faculta al señor Alcalde para ejercer las competencias que, en cuanto a trámite se refiere, competen al Pleno del Ayuntamiento, con exclusión de recursos, recibiendo actas y comunicaciones del Tribunal calificador, hasta el momento del nombramiento, que lo realizará, a propuesta vinculante del Tribunal, y disponiendo al mismo tiempo su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra

Base 2.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en el presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española y ser mayor de edad. Se estará a lo dispuesto en el artículo 1.º de la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre,

b) Hallarse en posesión o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, del Título de Arquitecto Técnico o Aparejador.

c) Poseer la capacidad física necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

2.3. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la base 7 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Base 3.-Instancias.

3.1. La instancia para poder participar en las pruebas deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela, en el plazo de 30 días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en horario en que permanezcan abiertas las oficinas municipales, o bien, según se prevé en la normativa de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo 1.

3.2. Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud el justificante de haber abonado al Ayuntamiento de Tudela en Tesorería municipal (tercera planta de la Casa Consistorial) la cantidad de 1.000 pesetas en concepto de derechos de examen. Su no presentación constituirá motivo suficiente de exclusión a participar en las pruebas. Se eximirá de dicho pago a aquellos aspirantes que, estando en posesión de la tarjeta de demanda de empleo del INEM, no perciban ningún tipo de subsidio de desempleo.

3.3. Asimismo, deberán presentar junto con la instancia, los documentos acreditativos de los méritos alegados, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II. Los documentos deben ser originales o bien serán compulsados por cualquier medio válido en Derecho.

3.4. El plazo para la presentación de instancias será improrrogable.

A efectos del concurso, serán tenidos en cuenta exclusivamente aquellos documentos alegados y acreditados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias, no admitiéndose en ningún caso incorporaciones posteriores al plazo señalado.

3.5. Las personas con minusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen. Asimismo, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Base 4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde Presidente del Ayuntamiento aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la indicación de que los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.2. Transcurrido ese plazo, y resueltas éstas, el Alcalde aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Base 5.-Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don José M.ª Navarro Fandos. Concejal del Ayuntamiento de Tudela.

Suplente: Don José Ignacio Baile Ayensa. Concejal del Ayuntamiento de Tudela.

Vocal: Don Fermín Muñoz Muñoz. Director del Servicio de Riqueza Territorial de Gobierno de Navarra.

Suplente: Don Julián Sarasa Azcárate. Jefe del Negociado de Ponencias de Valoración del Servicio de Riqueza Territorial.

Vocal: Don Juan Pablo Galán García. Arquitecto Superior.

Suplente: Don José Ignacio López Burgaleta. Arquitecto Técnico.

Vocal: Doña Ana Cristina Sebastián Ciria. Representante del Personal.

Suplente: Don José Antonio Agramonte Redrado. Representante del Personal.

Vocal-Secretario: D. Víctor Javier García Sánchez. Tesorero Ayuntamiento de Tudela.

Suplente: D. Francisco Javier Ciria Pérez. Técnico Grado Medio Ayuntamiento de Tudela.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

Base 6.-Comienzo y desarrollo de la oposicion.

6.1. El concurso-oposición dará comienzo cuando haya transcurrido, al menos, tres meses contados a partir de publicarse la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, comienzo que será, previsiblemente, en octubre. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

6.2. Fase de concurso.

El Tribunal valorará los méritos alegados y documentalmente probados, presentados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo de méritos que se contiene en el Anexo II de estas bases.

En ningún caso podrá el Tribunal dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y probado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

Concluida la fase de concurso, el Tribunal Calificador hará pública en el Tablón de Anuncios del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela, el resultado de la valoración con expresión de la puntuación obtenida por cada concursante.

La puntuación máxima de esta fase será de 15 puntos.

6.3. Fase de oposición.

Constará de los siguientes ejercicios:

6.3.1. Primer ejercicio: Exposición escrita, durante un tiempo máximo de 3 horas, de tres temas, uno de Derecho Administrativo, otro de Derecho Tributario y otro de Derecho Urbanístico, escogidos al azar del temario adjunto, cada tema será valorado de 0 a 5 puntos, siendo necesario un mínimo de 2,5 puntos en cada tema para aprobar.

La puntuación máxima de esta prueba será de 15 puntos, eliminándose a quien no supere 7,5 puntos.

Segundo ejercicio: Prueba práctica relacionada con los temarios de "Derecho Tributario y Derecho Urbanístico", que consistirá en dos supuestos prácticos (uno de cada bloque) durante el tiempo máximo de 3 horas. La valoración de los supuestos será de 10 puntos cada uno, siendo necesario un mínimo de 5 puntos en cada supuesto práctico para aprobar.

La puntuación máxima de esta prueba será de 20 puntos, eliminándose a quien no supere 10 puntos.

6.3.2. La valoración de los ejercicios de oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 35 puntos.

6.3.3. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminados en cada uno de ellos aquellos opositores que no alcancen, al menos la mitad de la puntuación exigida en cada uno de los temas o supuestos de cada prueba.

6.3.4. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado, y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte del ejercicio de que se trate.

6.4. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, al menos con veinticuatro horas de antelación se trata del mismo ejercicio o, de cuarenta y ocho si se trata de un nuevo ejercicio.

6.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a las mismas, quedarán eliminados.

6.6. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

Base 7.-Relación de aprobados y presentacion de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aprobados, por orden de puntuación total obtenida y dará traslado de la misma al Alcalde Presidente a fin de que adopte la resolución oportuna en relación con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas a que se refiere el artículo 11 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas.

7.2. Una vez recibida la notificación de la resolución a que se refiere el apartado anterior, el Tribunal elevará al Alcalde Presidente propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados que tengan cabida en el número de plazas convocadas, con inclusión, en su caso, de las resultantes de la ampliación a que se refiere el apartado anterior. La referida propuesta deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar en el Registro General del Ayuntamiento los siguientes documentos:

1.-Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2.-Fotocopia y original del título exigido en la base 2, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3.-Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

4.-Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

5.-Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

7.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados funcionarios, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.

7.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el señor Alcalde Presidente cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1., procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 8.-Nombramiento y toma de posesion.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el aspirante los documentos a que se refiere la base 7.3. anterior, el señor Alcalde Presidente del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela procederá al nombramiento del aspirante propuesto.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Tudela. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 y 7.5.

Base 9.-Recursos.

Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación de los órganos de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, cabiendo interponer, además de aquellos que crean oportunos los interesados, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes contando igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña......................................., mayor de edad, provisto del D.N.I. número .........., nacido/a el día ..... de ............ de 19 .., natural de ........... (.............), con domicilio en ........... (................), calle ............................ número .........., código postal ........., teléfono ........., comparece y como mejor proceda

Expone:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo, en régimen funcionarial, de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Tudela. Y manifiesta que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

-No padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-No está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-No ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

-Ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que sí padece una minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan)

Que no padece minusvalía alguna

(Márquese con una x las que procedan de estas dos).

Por lo expuesto:

Solicito se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen funcionarial, de un puesto de Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Tudela.

Tudela, a...........de ............. de 19....

(Firma)

ILMO. SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE TUDELA.

ANEXO II

Baremo de méritos

De acuerdo con la convocatoria el Tribunal valorará los méritos de los concursantes en relación a los siguientes conceptos:

Primero.

a) Título y otros méritos académicos:

-Expediente académico con media de sobresaliente: 2 puntos.

-Otros títulos universitarios de grado medio: 1 punto por cada uno.

-Títulos universitarios de grado superior: 2 puntos por cada uno.

b) Cursos de formación para postgraduados en Escuelas Oficiales o Universitarias, relacionados con la actividad de Arquitecto Técnico, de duración igual o superior a 40 horas: cada uno 0'5 puntos.

c) Trabajos desarrollados de investigación o experimentación, hasta un máximo de 3 puntos.

El Tribunal valorará unos y otros en función del contenido e interés de los mismos, así como de la autoría, única o compartida.

d) Oposiciones aprobadas en las que se exija por la Administración Pública el título de Arquitecto Técnico: por cada oposición aprobada 1'5 puntos.

La puntuación correspondiente a este apartado primero no podrá ser superior a 5 puntos.

Segundo.

-Experiencia profesional en la Administración como Arquitecto Técnico o Aparejador.

-Servicios prestados en las Administraciones Públicas:

En puesto de trabajo para el que se haya exigido titulación de Arquitecto Técnico: 1 punto por cada año, con un máximo de 5 puntos.

-Servicios prestados en empresas privadas:

En puesto de trabajo para el que se haya exigido titulación de Arquitecto Técnico: 0'75 puntos por cada año, con un máximo de 5 puntos.

Si el número de años de servicio no fuese entero se asignará a los candidatos la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que haya prestado servicio.

No se computarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Derecho Administrativo

Tema 1.-La Constitución Española de 1978: Derechos fundamentales: garantías. Organización territorial del Estado.

Tema 2.-Ley Orgánica 13/1983, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra ("Boletín Oficial del Estado", número 195 y 204 -16 de agosto-; y BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 106): Disposiciones Generales. De las Instituciones Forales de Navarra: El Parlamento o Cortes de Navarra. Del Gobierno de Navarra o Diputación Foral. Del Presidente del Gobierno de Navarra o Diputación Foral.

Tema 3.-La organización y administración de las entidades locales de Navarra: atribuciones de los órganos de gobierno y administración de los municipios.

Tema 4.-Régimen de funcionamiento de los ayuntamientos de Navarra.

Tema 5.-Información y participación ciudadanas.

Tema 6.-Procedimiento y régimen jurídico en los ayuntamientos de Navarra: disposiciones generales; acuerdos y resoluciones; reglamentos, ordenanzas y bandos.

Tema 7.-Impugnación de los actos y acuerdos de los ayuntamientos de Navarra.

Derecho Tributario

Tema 1.-Elementos de la relación tributaria: A) El hecho imponible: concepto; distinción entre sujeción y exención. B) Sujeto pasivo: concepto; contribuyente y sustituto del contribuyente. C) Base imponible y liquidable; tipo impositivo; cuota y deuda tributaria.

Tema 2.-Extincion de la obligación tributaria: pago, prescripción, aplicación de oficio, compensación, condonación.

Tema 3.-Los recursos económicos de los ayuntamientos navarros: definición de cada uno de ellos. Los precios públicos. Tasas y contribuciones especiales.

Tema 4.-El impuesto sobre actividades económicas. El impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Tema 5.-El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Tema 6.-Ley Foral 3/1995, de 10 de marzo, reguladora del Registro Fiscal de la Riqueza Territorial de Navarra.

Tema 7.-Regulación de la Contribución Territorial en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Tema 8.-La vigente Ponencia de Valoración del Ayuntamiento de Tudela, aprobada por la Comisión Mixta el 29 de diciembre de 1995.

Derecho Urbanístico

Tema 1.-Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: régimen del suelo no urbanizable y urbanizable no programado y régimen del suelo urbano y urbanizable.

Tema 2.-La valoración de terrenos en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Tema 3.-Areas de reparto y aprovechamientos tipo.

Tema 4.-Sistemas de actuación para el desarrollo de unidades de ejecución.

Tema 5.-El Patrimonio Municipal o Público del Suelo.

Tema 6.-Referencias al Registro de la Propiedad en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana."

En Tudela, a dos de julio de mil novecientos noventa y seis. El Alcalde, firma ilegible.

Código del anuncio: A9605926