BOLETÍN Nº 78 - 28 de junio de 1996

IV. ADMINISTRACION DEL ESTADO

Dirección Provincial de Navarra del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales - S A N C I O N E S

Cédulas de notificación

En esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales de Navarra, se encuentran pendientes de notificación los expedientes que a continuación se indican, referidos a los empresarios que asímismo se relacionan, cuyo encabezamiento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

VISTO el expediente número 328/96 (acta número 686/95) instruído por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en virtud de acta de infracción, incoada en fecha 2-11-95 a la empresa "Construcciones Hermanos Azanza, S.A." con domicilio en Solana, 19 de Alsasua, ...Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de 10.000 pesetas.

VISTO el expediente número 228/96 (acta número 29/96) instruído por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en virtud de acta de infracción, incoada en fecha 24-1-96 a la empresa "Pasada del Prado, S.L." con domicilio en Eras de Veraza, s/n de Mendavia, ...Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de 500.100 pesetas.

VISTO el expediente número 242/96 (acta número 163/96) instruído por la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, en virtud de acta de infracción, incoada en fecha 25-3-96 a la empresa "Farde Seafood Iberica, S.A." con domicilio en Polígono Canraso, s/n de Tudela, ...Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de 55.000 pesetas.

RECURSO: Cabe interponer recurso ordinario, por conducto de esta Dirección, ante la Secretaría General de Empleo, en el plazo de un mes, compuntándose de fecha a fecha y contándose a partir del día de su publicación, y entendiéndose prorrogado al primer día hábil siguiente cuando el último día del plazo sea inhábil.

De no interponerse el recurso en tiempo y forma, debera abonar la sanción impuesta, dentro del plazo de interposición de dicho recurso, bien mediante Papel de Pagos al Estado, en la Unidad de Sanciones de esta Dirección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales o bien mediante el ingreso del importe de la misma en la cuenta restringida de Sanciones Laborales (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales-Tesoro Público), en la Caja Postal, presentando el impreso de pago que se podrá recoger en esta Dirección Provincial (Puerta 3. Sección Sanciones), ya que de no hacerlo así se instará al cobro por la vía ejecutiva de apremio, aplicándose el recargo correspondiente, de conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Recaudación.

Y para su inserción en el BOLET=N OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo preceptuado en el número 3.º del artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/92, de 26-11-92, "Boletín Oficial del Estado" 27-11-92), a fin de que lleguen dichas resoluciones a conocimiento de los interesados, se emite el presente en Pamplona, a once de junio de mil novecientos noventa y seis. El Director Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales, Valentín Velasco Carrasco.3962

Código del anuncio: 3962