BOLETÍN Nº 78 - 28 de junio de 1996

V. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

E D I C T O

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de los de Navarra.

Hago saber: Que ante este Juzgado de lo Social se tramita ejecución número 52/96, promovida por doña M. del Mar García González y doña Carmen Torres Ruiz, contra Interpastel, S.A., en reclamación por despido, en la que con fecha 12 de junio de 1996 se ha dictado resolución que contiene entre otros los siguientes particulares:

"Primero.-Declarar como debo declarar extinguida la relación laboral que unía a doña María del Carmen García González y a doña Carmen Torres Ruiz con Interpastel, S.A. y en su consecuencia, fija una indemnización en favor de doña M. del Mar García González y a cargo de Interpastel, S.A. por importe de 2.069.944 pesetas, indemnización que a cargo de dicha sociedad anónima y en favor de doña Carmen Torres Ruiz alcanza 1.769.550 pesetas, debiendo abonar también dicha sociedad anónima otras 289.135 pesetas a doña María del Mar García González en concepto de salarios de tramitación devengados desde la notificación de la sentencia que por primera vez se declara la improcedencia hasta la fecha de la presente resolución, concepto por el que deberá abonar dicha sociedad anónima a doña Carmen Torres Ruiz, 276.100 pesetas.

Notifíquese la presente a las partes ejecutantes y ejecutada y al Fondo de Garantía Salarial, previniéndolo a todos ellos que contra la misma cabe interponer recurso de reposición para ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, debiéndose citar el precepto legal a que se entendiere infringido.

Lo pronuncia, manda y firma, don Juan Carlos Iturri Garate, ilustrísimo señor Magistrado, Juez del Juzgado de lo Social número Uno de los de Navarra, ante mí, el señor Secretario Judicial. Doy fe".

Por el presente edicto se notifica a Interpastel, S.A., que estuvo domiciliado en avenida Carlos III, número 32 (Pamplona) y hoy en ignorado paradero, la resolución dictada, con la advertencia de que en la Secretaría de este Juzgado se encuentra a su disposición copia de la misma y que las siguientes notificaciones se harán en los Estrados del Juzgado excepto en el supuesto de dictarse auto.

Dado en Pamplona, a doce de junio de mil novecientos noventa y seis. El Secretario Judicial, firma ilegible.4073

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