BOLETÍN Nº 70 - 10 de junio de 1996

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

T U D E L A

Convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición, de un puesto de trabajo, en régimen laboral a tiempo parcial e indefinido, de Peón de Guardarropía para el Ayuntamiento de Tudela

En la sesión que el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento celebró el día 3 de mayo de 1996, adoptó, entre otros y a propuesta de la Comisión Informativa de Economía, Cuentas, Hacienda, Patrimonio, Servicios Contratos y Asuntos Generales, publicar las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición, de un puesto de trabajo, en régimen laboral a tiempo parcial e indefinido, de Peón de Guardarropía para el Ayuntamiento de Tudela, que se transcriben a continuación:

B A S E S

Primera.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de oposición, en régimen laboral a tiempo parcial indefinido, de un puesto de trabajo de Peón De Guardarropía del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela, para prestar servicios, preferentemente, en las instalaciones deportivas municipales: Polideportivo Municipal "Elola" y Complejo Deportivo "Ribotas (Frontón)", durante la temporada de verano y de piscinas, en el período anual comprendido entre el 15 de junio al 30 de Septiembre, ambos inclusive.

Las funciones que desempeñarán serán las propias de la categoría, y las que se encomienden en relación con la campaña de verano y de piscinas, en atención y mantenimiento de instalaciones deportivas municipales.

1.2. Esta convocatoria podrá ampliarse posteriormente hasta completar el de vacantes existentes al día en que el Tribunal Calificador correspondiente haga pública la relación de aprobados, conforme al artículo 11 del Reglamento de Ingreso del personal de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.3. Transcurrido el período de prueba a que hace referencia la base 8 sin que se haya producido el desistimiento, el aspirante designado adquirirá la condición de personal contratado en régimen laboral, a tiempo parcial indefinido, del Ayuntamiento de Tudela, siendo afiliado y dado de alta al Régimen General de la Seguridad Social.

1.4. El puesto de trabajo que se convoca estará dotado con un sueldo base anual equivalente al que asigna la normativa estatutaria a un funcionario de nivel "E". El complemento de antigüedad se fija en un cuatro por ciento del salario base asignado al puesto por cada tres años de servicio efectivo.

1.5. La jornada de trabajo será la establecida para el personal de las Administraciones Públicas de Navarra, en régimen que se adaptará a las necesidades del servicio.

1.6. En cuanto a condiciones de trabajo y empleo, que no se contemplen en estas bases, y en lo que compete a este Ayuntamiento, se estará a lo dispuesto en el R.D.L. 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el acuerdo sobre condiciones de empleo de los funcionarios y trabajadores contratados fijos y temporales del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela y de sus organismos autónomos, aprobado por el Pleno el 23 de febrero de 1996, y publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 36, de 22 de marzo de 1996.

1.7. Las convocatorias y sus bases vincularán a la Administración, a los Tribunales que hayan de juzgar las pruebas selectivas y a quienes tomen parte en éstas.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos y tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar en su instancia que reúnen, a la fecha de expiración del plazo para presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española y ser mayor de edad. Se estará a lo dispuesto en el artículo 1.º de la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre.

b) Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes del título de Certificado de Escolaridad, o equivalente.

c) Poseer la capacidad física necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por el aspirante que obtenga la plaza, en el plazo y forma previstos en la base 7.3.

Tercera.-Instancias.

3.1. La instancia para participar en las pruebas deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Tudela, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de estas bases en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en horario y días hábiles en que permanezcan abiertas las oficinas municipales, o bien, según se prevé en la normativa de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común..

El modelo de instancia figura como Anexo número I.

3.2. Las personas con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.3. A la instancia deberá adjuntarse el justificante de haber abonado en Tesorería municipal (tercera planta de la Casa Consistorial), la cantidad de 1.000 pesetas, en concepto de formalización del expediente y derechos de examen. Su no presentación constituirá motivo suficiente de exclusión a participar en las pruebas. Se eximirá de dicho pago a aquellos aspirantes que, estando en posesión de la tarjeta de demanda de empleo del INEM, no perciban ningún tipo de subsidio de desempleo.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

Cuarta.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, con la indicación de que los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.2. Transcurrido ese plazo, y resueltas éstas, el Alcalde aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En esta publicación, se hará constar lugar, día y hora de comienzo de las pruebas, que tendrán lugar no antes del transcurso de tres meses desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, previsiblemente en el mes de octubre de 1996.

Quinta.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Angel Pérez Marañón.

Suplente Presidente: José Ignacio Baile Ayensa.

Primer Vocal: Luis Segura Casado.

Suplente primer Vocal: José Luis Sangüesa Ochoa.

Segundo Vocal: Javier Osta Lasheras.

Suplente segundo Vocal: Javier Vázquez Izquierdo.

Tercer Vocal: Jesús Enciso Zardoya (en representación del personal).

Suplente tercer Vocal: Ana Cristina Sebastián Ciria (en representación del personal).

Vocal-Secretario: María Paz Arto Alonso.

Suplente Vocal-Secretario: Mercedes Bonilla Rodrigo.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. Para ello y para actuar, precisará de la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las presentes bases.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Sexta.-Desarrollo de la oposición.

6.1. Los aspirantes serán convocados mediante llamamiento único para cada ejercicio, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, de bolígrafo, lápiz y goma de borrar. Los aspirantes que no comparezcan, quedarán eliminados.

6.2. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

6.3. El sistema a utilizar será el de plicas cerradas.

6.4. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Constará de dos pruebas, consistentes en:

a) Corrección ortográfica de documento elaborado o elegido por el Tribunal, otorgándose un tiempo de 15 minutos.

Tendrá una valoración máxima de 20 puntos, requiriéndose un mínimo de 10 puntos para aprobar.

Se deducirá 0,5 puntos por cada falta de ortografía y acentuación y 0,25 puntos por las restantes faltas de puntuación.

b) Consistirá en la resolución, durante una hora, de 5 problemas de matemáticas, a nivel de Certificado de Escolaridad (reglas fundamentales -sumar, restar, multiplicar y dividir-, interés simple o compuesto, tantos por ciento, fracciones, problemas de pesas y medidas, de capacidades, áreas y volúmenes, repartos directa e inversamente proporcionales, ecuaciones y raíces cuadradas). Cada problema será calificado con 4 puntos, siendo el máximo total de 20 puntos, requiriéndose un mínimo de 10 puntos para aprobar.

No se permite la utilización de máquinas calculadoras.

Segundo ejercicio: Prueba práctica. Consistirá en la realización de unas pruebas prácticas, relacionadas con el trabajo que van a realizar.

La duración máxima del ejercicio será determinada por el Tribunal antes de iniciarse los mismos.

Tendrá una valoración máxima de 40 puntos, requiriéndose un mínimo de 20 puntos para aprobar.

Tercer ejercicio: Consistirá en contestar a veinte preguntas cortas elaboradas por el Tribunal, durante un plazo máximo de dos horas, sobre el contenido de los temas que figuran en el Anexo II de estas bases. Para superar la prueba, será necesario alcanzar la puntuación mínima de 10 puntos, de un máximo total de 20 puntos que tiene asignada la prueba. Cada pregunta correcta se calificará de 0 a 1 punto.

6.5. La valoración total de los ejercicios de la oposición es de 100 puntos.

6.6. Finalizada la corrección de cada prueba o ejercicio, el Tribunal hará pública, en los locales donde se hayan celebrado y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas, y la fecha, lugar y hora de celebración de la siguiente prueba o ejercicio, con antelación mínima de veinticuatro o cuarenta y ocho horas, respectivamente.

Séptima.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aprobados, por orden de puntuación obtenida; y dará traslado de la misma al Alcalde-Presidente, a fin de que adopte la resolución oportuna en relación con la ampliación de las plazas inicialmente convocadas a que se refiere el artículo 11 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas.

7.2. Una vez recibida la notificación de la Resolución a que se refiere el apartado anterior, el Tribunal elevará al Alcalde-Presidente, propuesta de asignación de plazas en favor de los aspirantes aprobados que tengan cabida en el número de plazas convocadas, con inclusión, en su caso, de las resultantes de la ampliación a que se refiere el apartado anterior. La referida propuesta deberá publicarse en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.3. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de asignación de plazas, los aspirantes propuestos deberán presentar en el Registro General del Ayuntamiento, en día hábil, la siguiente documentación:

a) Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Original y fotocopia del título de Certificado de Escolaridad. o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones del cargo.

7.4. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el señor Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Octava.-Asignación de las plazas.

El Alcalde-Presidente del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela procederá a la asignación de las plazas convocadas a los aspirantes propuestos. Se formalizará el contrato laboral, sin que en tanto tengan derecho los aspirantes a percepción económica alguna. Y transcurrido el período de prueba de un mes, el personal que lo supere adquirirá la condición de personal contratado en régimen laboral fijo, a tiempo parcial indefinido. El escrito de asignación de plazas se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Novena.-Recursos.

Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de la actuación de los órganos de selección, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, cabiendo interponer, además de aquellos que crean oportunos los interesados, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso - administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir; o bien,

b) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes, contando igualmente desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo o notificación del acto de aplicación que se recurra.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don ..............................., mayor de edad, provisto del D.N.I. número .........., nacido/a el día ..... de ................ de 19....., natural de .................... (..................), con domicilio en .................. (................), calle ........................, número ......, código postal .........., teléfono .........,

Expone:

Que solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas de la convocatoria para provisión, por oposición, de un puesto de trabajo, contratado en régimen laboral fijo, a tiempo parcial indefinido (fijo discontinuo), de Peón de Guardarropía del Ayuntamiento de Tudela. Y manifiesta que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias:

-No padece enfermedad ni defecto físico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-No está incurso/a en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-No ha sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

-Está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

-Ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria, de que acompaña el correspondiente resguardo.

Que sí padece minusvalía, por lo que solicita la adaptación que se adjunta por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán los motivos de la minusvalía y las adaptaciones que se solicitan.)

Que no padece minusvalía alguna

(Márquese con una X donde proceda.)

Por lo expuesto:

Solicito se sirva admitir la presente instancia; y, en su virtud, ser admitido/a a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de un puesto de Peón de Guardarropía del Ayuntamiento de Tudela.

Tudela, a ..... de ............. de 19......

(Firma)

Ilustrísimo señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Tudela.

ANEXO II

Tema 1.-Texto refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto ( BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 107, de 1 de septiembre de 1993):

-Disposiciones Generales.

-Personal Contratado.

Tema 2.-Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley ("Boletín Oficial del Estado", número 75, de 29 de marzo de 1995):

-Derechos y deberes laborales básicos (artículos 4 y 5).

Tema 3.-Prevención de riesgos laborales: Obligación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos (artículo 29 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; "Boletín Oficial del Estado", número 269, de 10 de noviembre de 1995).

Tema 4.-Estructura orgánico-administrativa y funcional del muy ilustre Ayuntamiento de Tudela (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 130, de 20 de octubre de 1995).

Tema 5.-Normativa sobre instalaciones deportivas municipales:

-Ordenanza fiscal reguladora.

-Reglamento sobre el uso de las instalaciones deportivas municipales.

-Breve referencia sobre instalaciones deportivas a que se refiere la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte ("Boletín Oficial del Estado", número 249, de 17 de octubre de 1990).

Tema 6.-Ordenanza Reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas del Ayuntamiento de Tudela (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 72, de 7 de junio de 1995.

Tudela, a siete de mayo de mil novecientos noventa y seis. El Alcalde, firma ilegible.

Código del anuncio: A9604111