BOLETÍN Nº 119 - 30 de septiembre de 1996

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 1007/1996, de 17 de septiembre, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del Valle de Arakil, referente a la normativa de edificaciones agropecuarias en suelo no urbanizable, promovida por don Juan Manuel Garro Redín, en representación de la Comisión de Ganaderos de dicho Valle.

El Ayuntamiento de Arakil ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del Valle de Arakil, referente a la normativa de edificaciones agropecuarias en suelo no urbanizable, promovida por don Juan Manuel Garro Redín, en representación de la Comisión de Ganaderos de dicho Valle.

2.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso ordinario ante el Gobierno de Navarra en el plazo máximo de un mes desde su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con los artículos 114 a 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento del Valle de Arakil, a los promotores, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, diecisiete de septiembre de mil novecientos noventa y seis.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Javier Luis del Castillo Bandrés.

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