BOLETÍN Nº 131 - 29 de octubre de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 281/2001, de 8 de octubre, por el que se procede a la extinción del Concejo de San Isidro del Pinar, perteneciente al Municipio de Cáseda.

Por la mayoría de los vecinos del Concejo de San Isidro del Pinar, del Municipio de Cáseda, se ha solicitado del Gobierno de Navarra la extinción del Concejo, acompañando a la petición informe favorable del Ayuntamiento referido.

Mediante Resolución 353/2001, de 23 de mayo, del Director General de Administración Local, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 78, de fecha 27 de junio de 2001, se dispuso dar audiencia al Ayuntamiento de Cáseda y al Concejo de San Isidro del Pinar, así como someter a información Pública el expediente de extinción de dicho Concejo.

Con fecha 25 de junio de 2001, don Primitivo Viú Labiano, en su calidad de Presidente del Concejo de San Isidro del Pinar, presenta escrito de alegaciones en el que, basándose en un acuerdo adoptado por el Concejo con fecha 19 de junio de 2001, manifiesta su oposición a su extinción. Al efecto, alega cuestiones relativas a la inexactitud de los datos del padrón municipal obrantes en el expediente.

Dada la condición de certificación expedida por el Secretario del Ayuntamiento de Cáseda sobre los datos del padrón municipal, habrá que entender la veracidad de los mismos, por lo que se cumplen los requisitos exigidos por la normativa para solicitar la extinción del mencionado Concejo.

Habiendo finalizado el plazo de un mes concedido para el trámite de información pública, no se han presentado más alegaciones al respecto.

El artículo 44.1.a) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dispone que los Concejos se extinguen por petición de la mayoría de los vecinos residentes, y previa audiencia del Ayuntamiento.

La Comisión de Delimitación Territorial, con fecha 17 de septiembre de 2001, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 de la citada Ley Foral de la Administración Local de Navarra, ha emitido informe favorable a la extinción del Concejo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Local, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día ocho de octubre de dos mil uno,

DECRETO:

Artículo 1.º Se procede a la extinción del Concejo de San Isidro del Pinar, perteneciente al Municipio de Cáseda, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Artículo 2.º Regirán para esta extinción las normas de procedimiento establecidas en el Decreto Foral 287/1990, de 25 de octubre, por el que se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera, regla 1 de la mencionada Ley Foral, sobre extinción de Concejos.

Artículo 3.º Por el Departamento de Administración Local se comunicará esta extinción a la Administración del Estado, a los efectos previstos en el Real Decreto 1499/1990, de 23 de noviembre, que modifica parcialmente el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales.

Artículo 4.º Este Decreto deberá notificarse al Ayuntamiento de Cáseda y al Concejo de San Isidro del Pinar, significándose que contra el mismo puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien, podrá ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, tal como dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, ocho de octubre de dos mil uno.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Administración Local, Rafael Gurrea Induráin.

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