BOLETÍN Nº 51 - 26 de abril de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 152/2000, de 3 de abril, por el que se procede a la extinción del Concejo de Ilurdotz, perteneciente al Municipio de Esteribar.

Por el Concejo de Ilurdotz, en sesión de 6 de mayo de 1998, se acordó, por mayoría de dos tercios del número legal de componentes del mismo, solicitar del Gobierno de Navarra, la extinción del Concejo.

Por su parte el Ayuntamiento de Esteribar en sesión de fecha 22 de mayo de 1998 acordó por unanimidad tramitar la solicitud cursada por el Concejo de Ilurdotz y solicitar al mismo tiempo al Departamento de Administración Local apoyo económico y técnico para hacer frente a los gastos de gestión y administración del Concejo, cuando éste se extinga.

Mediante Resolución 461/1998, de 17 de agosto, del Director General de Administración Local, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 106, de 4 de septiembre de 1998, se dispuso dar audiencia al Ayuntamiento de Esteribar y al Concejo de Ilurdotz someter a información pública el expediente de extinción de dicho Concejo.

Con fecha 18 de septiembre de 1998, el Alcalde del Ayuntamiento de Esteribar envía escrito al Departamento de Administración Local en el que se ratifica en el informe remitido con anterioridad.

Habiendo finalizado el plazo de un mes concedido para el trámite de información pública, no se han presentado más alegaciones al respecto.

El artículo 44.1 c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, dispone que los Concejos se extinguen, entre otras causas, por petición del órgano de gobierno del Concejo, adoptado por la mayoría de dos tercios del número legal de componentes del mismo.

La Comisión de Delimitación Territorial, con fecha 17 de marzo de 2000, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 de la citada Ley Foral de la Administración Local de Navarra, ha emitido informe favorable a la extinción del Concejo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administración Local, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día tres de abril de dos mil,

DECRETO:

Artículo 1.º Se procede a la extinción del Concejo de Ilurdotz, perteneciente al Municipio de Esteribar, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Artículo 2.º Regirán para esta extinción las normas de procedimiento establecidas en el Decreto Foral 287/1990, de 25 de octubre, por el que se da cumplimiento a la Disposición Adicional Primera, regla 1 de la mencionada Ley Foral, sobre extinción de Concejos.

Artículo 3.º Por el Departamento de Administración Local se comunicará esta extinción a la Administración del Estado, a los efectos previstos en el Real Decreto 1.499/1990, de 23 de noviembre, que modifica parcialmente el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el funcionamiento del Registro de Entidades Locales.

Artículo 4.º Este Decreto Foral deberá notificarse al Ayuntamiento de Esteribar y al Concejo de Ilurdotz, significándoles que contra el mismo pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, tres de abril de dos mil.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Administración Local, Rafael Gurrea Induráin.

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