83. ALDIZKARIA - 2022ko apirilaren 29a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

VALTIERRA

Liquidación de gastos correspondiente al derribo de inmueble
en calle Cuesta de Pedro Gil, 2

Siendo imposible la notificación del acuerdo de liquidación de gastos correspondiente al derribo del inmueble sito en calle Cuesta de Pedro Gil, número 2, de Valtierra, por tratarse de propietarios fallecidos sin conocimiento de herederos legítimos, se procede de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a efectuar la citada notificación mediante el presente anuncio, en el que se transcribe la Resolución de la Alcaldía número 148/2022, de 4 de abril:

Visto el expediente relativo a la ejecución subsidiaria por parte de este Ayuntamiento relativo a orden de demolición impuesta sobre el inmueble sito en calle Cuesta Pedro Gil, número dos (Parcela 733 del Polígono 10 de Valtierra), propiedad de don Antero Dos Santos Correia.

Considerando que, conforme al artículo 102 de la Ley 39/2015, puntos 2 y 3, este Ayuntamiento ha llevado a cabo de demolición del inmueble previa declaración de ruina del mismo a que estaba obligado don Antero Dos Santos Correia y a su costa, procede, por tanto, exigir el importe de los gastos, daños y perjuicios siguiendo el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva.

Teniendo en cuenta que el Ayuntamiento ejecutó a costa del interesado la obligación de demolición del inmueble que había sido previamente ordenada por Resolución de Alcaldía 504/2021, de 21 de octubre, resolución que conforme al artículo 97 de la Ley 39/2015 sirvió de fundamento jurídico para la actuación material de ejecución del acto administrativo municipal, resolución que ante la imposibilidad de notificación al interesado, se llevó a cabo por medio de publicación del Acuerdo en Boletín Oficial del Estado número 267 de fecha 8 de noviembre de 2021 y Boletín Oficial de Navarra número 254 de fecha 5 de noviembre de 2021 sin que en el plazo conferido de audiencia a los interesados se produjera alegación o acto administrativo alguno relacionado.

Habiéndose apercibido en la citada resolución de que, en caso de no ejecutar la obligación, la misma se llevaría a cabo por el Ayuntamiento a su costa, indicando en el cuerpo del Acuerdo que el presupuesto para las obras de demolición y vallado del inmueble ascendía a dieciséis mil doscientos euros (16.200 euros) IVA excluido, que corresponden de forma desglosada como sigue: quince mil euros (15.000) para la demolición del edificio, y mil doscientos euros (1.200 euros) para el proyecto de derribo.

Habiéndose procedido a la contratación de la empresa Construcciones Katanga a fin de llevar a cabo la actuación material anterior, quien ha girado a este Ayuntamiento la factura por importe de quince mil euros, así como cuantificando el proyecto de derribo aportado por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Valtierra.

Considerando las competencias que tiene atribuidas esta alcaldía según lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local,

HE RESUELTO:

Primero.–Aprobar la liquidación de gastos correspondiente al derribo del inmueble sito en calle Cuesta Pedro Gil, número dos (Parcela 733 del Polígono 10 de Valtierra), propiedad de don Antero Dos Santos Correia, y que asciende a dieciséis mil doscientos euros (16.200 euros) IVA excluido, conforme al detalle de gastos que incorpora el expediente.

Segundo.–Trasladar el presente acuerdo al Área de Recaudación del Ayuntamiento de Valtierra.

Tercero.–Notificar el presente acuerdo a don Antero Dos Santos Correia, y en su caso, ante su imposibilidad, proceder a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.–Dar cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que éste celebre.

Valtierra, 19 de abril de 2022.–El alcalde, Manuel Resa Conde.

Iragarkiaren kodea: L2205656