201. ALDIZKARIA - 2020ko irailaren 7a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Hacienda Tributaria de Navarra
Servicio de Inspección Tributaria
Notificación para comparecencia

Se hace saber que habiendo resultado infructuosa, por causas no imputables a la Administración, la notificación a la persona física identificada con NIF 50852231J y último domicilio conocido en calle Irunlarrea, 6 - apartamento 210 (31008) Pamplona/Iruña, de la comunicación-citación de inicio de actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias en diversos intentos realizados en días y horas diferentes, habiendo constancia de cada circunstancia en el correspondiente expediente, se publica este edicto conforme dispone el artículo 99.4 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria (en adelante LFGT) y se le hace saber que:

1.º Se le cita para que comparezca en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, en horario de 9:30 horas a 14:30 horas, en las oficinas del Servicio de Inspección Tributaria de la Hacienda Foral de Navarra, sitas en la calle Cortes de Navarra, 2 de Pamplona, 5.ª planta para ser notificado por comparecencia.

2.º Podrá comparecer por medio de representante. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante comparecencia ante el funcionario actuante (artículo 36.2 de la LFGT).

3.º Si transcurrido dicho plazo no hubiese comparecido, la notificación de la comunicación-citación de inicio de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias en los términos previstos en el artículo 101 de la LFGT y en el artículo 2.º del Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Inspección Tributaria de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra (en adelante RIT), se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

4.º Las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación tributarias tienen por objeto verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias referidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los ejercicios 2016 a 2019, ambos inclusive.

5.º Se apercibe a los obligados tributarios que cuando la iniciación de las actuaciones inspectoras de comprobación e investigación o cualquiera de sus trámites se entienda notificado por no haber comparecido por sí mismos o por sus representantes, se les tendrá por notificados de las sucesivas actuaciones y diligencias que se dicten en el curso de tales actuaciones, manteniéndose el derecho que les asiste a comparecer en el procedimiento en cualquier otro momento. No obstante, las liquidaciones que se practiquen en el procedimiento y las resoluciones de enajenación de bienes embargados se notificarán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 99 de la LFGT.

Pamplona, 2 de septiembre de 2020.–El Actuario del Servicio de Inspección Tributaria (identificador N339900).

Iragarkiaren kodea: F2010113