120. ALDIZKARIA - 2015eko ekainaren 23a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.2. PARTIKULARREN IRAGARKIAK

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS
DE NAVARRA

Convocatoria de concurso público para la provisión
de la Secretaría General

De conformidad con lo establecido en la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra, así como en el Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, aprobado mediante Decreto Foral 111/2001, de 7 de mayo, se convoca concurso público para la cobertura de la Secretaría General de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, con arreglo a las siguientes bases.

Bases de la Convocatoria

Primera.–Requisitos de los aspirantes.

1.–Aquellas personas que deseen participar en la convocatoria deberán reunir, como mínimo, los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea.

c) Dominio total de la lengua española.

d) Estar en posesión del título de licenciado o titulado en grado superior.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

2.–Los anteriores requisitos deberán reunirse desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria.

Segunda.–Solicitudes y documentación.

Las solicitudes para participar en el concurso se presentarán en el Registro General de la Corporación en el plazo de 15 días naturales, a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Las solicitudes se dirigirán al señor Presidente de la Cámara, junto con la documentación acreditativa de los méritos alegados para el concurso.

Además los concursantes deberán unir a su petición:

a) Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de ningún Cuerdo de Estado, Administración Autonómica o Local, Corporaciones Públicas o Cámaras Oficiales de comercio, Industria y Navegación.

En todo caso el Tribunal Calificador podrá requerir a los interesados la documentación complementaria que estime conveniente.

Tercera.–Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del concurso para la provisión de la Secretaría General de la Cámara será nombrado por el Comité Ejecutivo de la Cámara y estará compuesto por el Presidente de la Cámara y dos miembros más elegidos por el Comité Ejecutivo y uno de ellos actuará como Secretario.

El Tribunal podrá recabar la colaboración de profesionales que tengan conocimientos suficientes en la materia para ser asesorado que así se considere preciso.

Los acuerdos del Tribunal se adoptarán por el voto de la mayoría de sus miembros, primando en caso de empate el voto de calidad del Presidente.

El Presidente elevará la propuesta del Tribunal al Pleno de la Cámara para que la apruebe, en su caso, por acuerdo, tal como establece el artículo 14. i) de la Ley Foral 17/2015, de 10 de abril, de Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra.

Cuarta.–Baremo.

a) Desempeño de la Secretaría General como titular o en funciones en Cámaras de Comercio e Industria: 1 puntos por cada mes de antigüedad, hasta un máximo de 25 puntos.

b) Desempeño de cargos análogos a los de una Secretaría General en entidades públicas: 0,4 puntos por cada mes, con un máximo de 10 puntos.

c) Desempeño de cargos análogos a los de una Secretaría General en entidades privadas: 0,4 puntos por cada mes, con un máximo de 10 puntos.

d) Ejercicio de la abogacía, ya sea por cuenta propia o en organizaciones empresariales y entidades públicas o privadas: 0,5 puntos por cada mes adicional a 10 años de ejercicio, con un máximo de 15 puntos.

Este apartado tiene una puntuación máxima de 60 puntos.

Una vez que se haya procedido a la baremación de los méritos alegados por el Tribunal, se procederá a publicar la puntuación obtenida en el tablón de anuncios de la Cámara, abriéndose un plazo máximo de cinco días naturales para posibles reclamaciones, las cuales serán examinadas y resueltas en el plazo de cinco días naturales, procediéndose entonces a la publicación de la puntuación definitiva. Asimismo, se determinará el lugar, fecha y hora para la celebración de la prueba oral de acuerdo al siguiente apartado.

Quinta.–Prueba oral.

A la misma solo accederán aquellas personas aspirantes que hayan superado los 40 puntos según el baremo descrito en el apartado anterior. Esta fase consistirá en una prueba práctica oral, donde el Tribunal de calificación valorará:

a) La competencia y habilidades directivas y sociales de los candidatos.

b) La aptitud profesional para el desempeño del cargo.

c) El conocimiento de la legislación relativa a Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, así como a materias directamente vinculadas a las funciones requeridas: ayudas públicas, contratación del sector público y organización y funcionamiento de entres públicos.

Esta prueba tiene una puntuación máxima de 40 puntos.

Sexta.–Finalización del proceso y toma de posesión.

Finalizado el proceso de selección, el Presidente de la Cámara dispondrá la convocatoria de un Pleno para la designación del cargo objeto de esta convocatoria, a favor de la persona que resulte elegida.

El acuerdo del Pleno aprobando el nombramiento de Secretario General se notificará personalmente al interesado, quien deberá tomar posesión en el plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente al de la notificación del citado nombramiento.

Si no tomara posesión en el plazo antes mencionado, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos.

Séptima. Formalización de contrato y retribuciones.

El contrato será de naturaleza laboral, a tiempo parcial y de duración indefinida con un total de 96 horas al año, y conforme al salario establecido en el convenio colectivo del personal al servicio de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra y en proporción a las horas trabajadas. De común acuerdo entre las partes podrá incrementarse la jornada. El Pleno podrá acordar un complemento salarial de puesto de trabajo.

Octava.–No adjudicación de la plaza.

El Comité Ejecutivo podrá declarar desierto el concurso y, en consecuencia, decidir la no adjudicación de la plaza.

Pamplona, 25 de mayo de 2015.–El Presidente, Javier Taberna Jiménez.

Iragarkiaren kodea: P1508963