94. ALDIZKARIA - 2014ko maiatzaren 16a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: Don Pedro Javier Labiano Goñi.

Acto que se notifica: Providencia de 14 de abril 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 14 de abril 2014, dictada en el recurso de alzada número 14-00929, interpuesto por don Pedro Javier Labiano Goñi, contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Orisoain de fecha 27 de enero de 2014, sobre solicitud de que se eliminen las piedras de escollera colocadas en una acequia, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

“R.A número 14-00929.

En la ciudad de Pamplona, a catorce de abril de 2014.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Pedro Javier Labiano Goñi contra resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Orisoain de fecha 27 de enero de 2014, sobre solicitud de que se eliminen las piedras de escollera colocadas en una acequia.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

–Resolución que se recurre.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”

Pamplona, 7 de mayo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Doña Karmele Torres Hernández.

Acto que se notifica: Providencia de 10 de abril 2014.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 10 de abril 2014, dictada en el recurso de alzada número 14-01081, interpuesto por doña Karmele Torres Hernández, contra sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona derivada de denuncia formulada por la Policía Municipal en fecha 7 de octubre de 2013 (expediente municipal número 105990/13), sobre sanción por infracción de las normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

“En la ciudad de Pamplona, a diez de abril de 2014.

Por recibido el recurso de alzada número 14-01081, interpuesto por doña Karmele Torres Hernández contra sanción impuesta por el Ayuntamiento de Pamplona derivada de denuncia formulada por la Policía Municipal en fecha 7 de octubre de 2013 (expediente municipal número 105990/13, sobre sanción por infracción de las normas de circulación.

Observado que el recurso de alzada lo interpone doña Karmele Torres Hernández, y que la resolución recurrida va dirigida a Ecamed Pamplona, S.L., sin que se aporte documento alguno que acredite la representación,

Requiérase a la recurrente, a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente providencia, remita a este Tribunal:

–Documentación que acredite la representación que se atribuye.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico.”

Pamplona, 7 de mayo de 2014.–La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Iragarkiaren kodea: F1406901