110. ALDIZKARIA - 2013ko ekainaren 11

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

MAÑERU

Incoación expediente declaración de ruina

Resolución número 14 de fecha 30 de mayo de 2013, de la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Mañeru, por la que se incoa expediente de declaración de ruina de edificación situada en la calle La Luna número 10, parcela 116 del polígono 1 de Mañeru:

“Visto el informe emitido, con fecha 14 de febrero de 2013, el Servicio Urbanístico de la O.R.V.E. de Tierra Estella, sobre visita de inspección el 13 de febrero de 2013 al edificio mencionado en el asunto, que concluye que desde el punto de vista de la legislación urbanística procede declararlo en ruina y señala las medidas cautelares que deben llevarse a cabo con carácter de urgencia.

Recabada nota simple informativa del Registro de la Propiedad de Estella/Lizarra número 1 al objeto de conocer la titularidad de la edificación en deteriorado estado de conservación ubicada en el número 10 de la Calle La Luna de Mañeru, resultando de la misma que el inmueble figura en el referido Registro a nombre de Juan Fernández Echeverría según inscripción quinta de fecha 8 de noviembre de 1906.

Habida cuenta de que mediante Resolución de Alcaldía número 6/2013, de 15 de febrero, se requirió a los titulares catastrales la realización de las medidas cautelares urgentes señalada en el informe del Servicio Urbanístico ORVE de Tierra Estella, consistentes en obras de desescombro de los materiales caídos sobre la vía pública, y el cierre del acceso a la parcela del inmueble, y se dio trasladado mediante la misma de la necesidad de proceder a recabar licencia de obras para el derribo del inmueble, procediendo los titulares requeridos a cumplir las dos primeras medidas indicadas pero sin haber solicitado la referida licencia de obra para proceder al derribo.

A la vista de las denuncias presentadas por vecinos sobre la necesidad de adoptar medidas con carácter de urgencia, y ante la falta de consenso de los titulares catastrales en cuando a la actuación del derribo del edificio, en uso de las facultades que legalmente me han sido conferidas, mediante la presente,

He resuelto:

1. º Incoar de oficio expediente de declaración de ruina de la edificación situada en la calle La Luna número 10, parcela 116 del polígono 1 de Mañeru, en base al informe técnico de referencia, del cual se desprenden los dos supuestos previstos para la declaración de ruina en el artículo 196.2.a) y b) de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2.º Dar traslado a los titulares de derechos sobre el referido inmueble, mediante notificación de la presente Resolución, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la notificación del presente acuerdo o desde la publicación del mismo en el Tablón de anuncios municipal, presenten por escrito las alegaciones, documentos, informes periciales y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos, contra la pretensión municipal de la declaración de ruina de este inmueble.

3.º Publicar anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, poniendo de manifiesto el expediente a posibles titulares de derechos reales sobre el inmueble, si los hubiese, para que en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación aleguen y presenten por escrito los documentos y justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus respectivos derechos.

4.º señalar que tal como se establece en el artículo 28 del RDU, la declaración administrativa de ruina o la adopción de medidas de urgencia por la Administración no exime a los propietarios de las responsabilidades de todo orden que pudieran serle exigidas por negligencia en los deberes de conservación que les correspondan.”

Mañeru, 4 de junio de 2013.–La Alcaldesa, Nuria Irisarri Arbeloa.

Iragarkiaren kodea: L1308258