109. ALDIZKARIA - 2013ko ekainaren 10a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

GUÍA DE ISORA

Notificación a DAPP Publicaciones Jurídicas, S.L.

Cúmpleme comunicar a usted que por el señor Alcalde de este municipio con fecha 17 de abril de 2013, ha dictado el Decreto de Alcaldía que a continuación se transcribe:

Decreto de la Alcaldía número 547/13.

Resultando que con fecha 30 de marzo de 2012, DAPP Publicaciones Jurídicas, S.L., presenta escrito en el registro de entrada del Ayuntamiento de Guía de Isora, solicitando la expedición por la entidad local de un certificado que con los efectos previstos en el artículo 4 del RDL 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación, para el pago a los proveedores de las entidades locales, en el que se reconozca la existencia de la obligación pendiente de pago que a continuación se relaciona:

NÚMERO DE FACTURA

FECHA ENTRADA EN REGISTRO

IMPORTE

20104978

5/3/2012

173,00

Resultando que con fecha 9 de abril de 2012 fue aprobado el DA número 469/12, en el que se resuelve desestimar la solicitud de expedición de certificado individual solicitada por el interesado arriba indicado por los motivos referidos en el mismo.

Resultando que dicha resolución fue notificada a la empresa DAPP Publicaciones Jurídicas, S.L., con fecha de salida el 10 de abril de 2012, y recibida por el empresa el 13 de abril de 2012.

Resultando que con fecha 19 de marzo de 2013, la empresa nuevamente solicita la expedición de certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligación pendiente de pago, con los efectos previstos en el artículo 23 del RDL 4/2013, de 22 de febrero, de la misma factura (arriba relacionada) que en el DA número 469/12 de 9/4/2012 le fue desestimada.

Considerando que de conformidad con lo establecido en el artículo 89.4 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en ningún caso podrá la Administración abstenerse de resolver so pretexto de silencio, oscuridad o insuficiencia de los preceptos legales aplicables al caso, aunque podrá resolver la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el Ordenamiento Jurídico o manifiestamente carentes de fundamento.

Considerando, no obstante, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 del RDL 4/2013 anteriormente citado, al no emitirse certificado en el plazo estipulado se considera rechazada la solicitud.

Visto el informe emitido por parte del Departamento de intervención.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones legalmente conferidas, he resuelto:

Primero.–Inadmitir a trámite la solicitud de expedición de certificado sobre reconocimiento de la existencia de las obligaciones pendientes de pago presentada por DAPP Publicaciones Jurídicas, S.L., a los efectos previstos en el artículo 4 del RDL 4/2012, de 24 de febrero, en base a las consideraciones expuestas en los antecedentes de la presente resolución.

Segundo.–Notificar al solicitante y dar traslado de este decreto al Departamento de Intervención a los efectos oportunos.

Lo que le notifico a Vd., advirtiéndole que contra la presente resolución podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59, apartado 5.º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que sirva de notificación en forma al interesado.

Guía de Isora, 15 de mayo de 2013.–El Alcalde, Pedro M. Martín Domínguez.

Iragarkiaren kodea: P1308203