127. ALDIZKARIA - 2012ko uztailaren 2a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE POLÍTICA SOCIAL,
IGUALDAD, DEPORTE Y JUVENTUD

Dirección General de Política Social y Consumo
Suspensión cautelar de pago de Renta Básica

De conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar la notificación en domicilio conocido, se notifica por este medio a las personas relacionadas en el anexo, las propuestas de suspensión cautelar de pago de Renta Básica de la Jefa de la Sección de Inclusión Social de la Dirección General de Política Social y Consumo.

Se informa a los interesados de que el texto completo de la citada notificación se encuentra a su disposición en las dependencias de la del Servicio de Inclusión Social del Departamento de Política Social, Igualdad, Familia, Juventud y Deporte (calle González Tablas, número 7, Pamplona), advirtiéndoles de que dispone de un plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes, y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

Pamplona, 22 de junio de 2012.-La Directora de Atención Primaria e Inclusión Social, M.ª Luz Munárriz Desojo.

ANEXO

Notificado: Iván Hristov Hristov. Acto que se notifica: Suspensión cautelar Renta Básica.

Iragarkiaren kodea: F1209760