90. ALDIZKARIA - 2011ko maiatzaren 12a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación

Notificación para: Don Roberto Centeno Vallepuga.

Acto que se notifica: Providencia resolutoria número 119, de 13 de abril de 2011.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el presente edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley.

En el recurso de alzada número 10-1151, interpuesto por don Roberto Centeno Vallepuga contra acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Egüés de fecha 4 de enero de 2010, sobre aprobación definitiva de la Modificación de la vigente Reparcelación efectuada mediante el Proyecto de Compensación de la Unidad de Actuación Señorío de Gorraiz, se dictó por el Tribunal Administrativo de Navarra la providencia resolutoria número 119 de 13 de abril de 2011, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, dice así:

"Acuerda: Requerir, de oficio, al Ayuntamiento del Valle de Egüés, a fin de que, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, emita informe sobre la siguiente cuestión:

-Sobre si, a criterio de ese Ayuntamiento, la modificación del Proyecto de Compensación de la Unidad de Actuación 'Señorío de Gorraiz' aprobada mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento del Valle de Egüés, permitiría -o no- legalizar las obras de edificación ejecutadas en la parcela a la que afectan las licencias otorgadas por Decretos de Alcaldía 81/2006, de 22 de febrero, y 134/2006, de 8 de marzo, anuladas mediante Resolución de este Tribunal Administrativo número 2035, de 11 de julio de 2007, confirmada en virtud de Sentencia de Apelación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra número 102/2009, de 23 de febrero de 2009".

Pamplona, 5 de mayo de 2011.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Edicto de notificación

Notificación para: Don Miguel Ángel Casas Gil, en nombre y representación de "Suelos y Pavimentos Navarra, S.L.".

Acto que se notifica: Providencia de 6 de abril de 2011.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 6 de abril de 2011, dictada en el recurso de alzada número 11-2088, interpuesto por don Miguel Ángel Casas Gil, en nombre y representación de "Suelos y Pavimentos Navarra, S.L.", contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de febrero de 2011, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (expediente municipal número 294965/09), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"En la ciudad de Pamplona, a seis de abril de 2011.

Por recibido recurso de alzada número 11-2088, interpuesto por don Miguel Ángel Casas Gil en nombre y representación 'Suelos y Pavimentos Navarra, S.L.', contra resolución del Director del Área de Hacienda Local del Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de febrero de 2011, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (expediente municipal número 294965/09), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Observadas las omisiones padecidas, se requiere al recurrente a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, realizando las siguientes actuaciones:

1.º Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso (aparece firmado por orden) o bien remita a este Tribunal fotocopia del referido escrito de recurso debidamente firmado, así como fotocopia de su D.N.I. al objeto de cotejar las firmas de ambos documentos.

2.º Remita a este Tribunal documentación que acredite la representación que se atribuye

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, 5 de mayo de 2011.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.

Iragarkiaren kodea: F1108165