38. ALDIZKARIA - 2011ko otsailaren 24a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

LÓNGUIDA

Edicto de notificación

Notificación para: María Concepción Zaragüeta Sampedro.

Acto que se notifica: Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lónguida de 13 de enero de 2011. Acuerdo número 12.

Habiendo resultado imposible la notificación a María Concepción Zaragüeta Sampedro del acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lónguida de 13 de enero de 2011. Acuerdo número 12 prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley y para que sirva de notificación al interesado, se publica el presente edicto en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del interesado.

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Lónguida de 13 de enero de 2011. Acuerdo número 12.

"12.-Visto escrito remitido por el Registro de la Propiedad de Aoiz de fecha 7 de abril de 2010, por el que comunica la inscripción en dicho Registro de un exceso de cabida sobre la finca número 1.530, inscrita al tomo 3291, libro 102, folio 201, inscripción 13.ª, propiedad de doña María Concepción Zaragüeta Sampedro.

Visto que este Ayuntamiento dio cuenta del expediente a la Administración Foral, conforme dispone el artículo 115.3 de la Ley Foral 6/90, de 2 de julio, de la Administración Foral de Navarra, y que su Sección de Comunales emitió Informe de fecha 12 de noviembre de 2010, por el que considera que no es correcta la inscripción practicada al proceder el exceso de cabida de parcela comunal.

Visto, asimismo, el Dictamen del letrado Ignacio Montes Fuentes de fecha 20 de diciembre de 2010, que resuelve en el mismo sentido que la Sección de Comunales del Gobierno de Navarra.

Teniendo en cuenta que el artículo 111 de la citada Ley dispone que: "1. Las entidades locales de Navarra podrán recuperar por sí mismas y en cualquier momento la posesión indebidamente perdida de los bienes y derechos de dominio público o comunal que les pertenezcan, previo dictamen del secretario de la asesoría jurídica, o, en su caso, de un letrado, y con audiencia del interesado. Promoverán, asimismo, el ejercicio de las acciones civiles que sean necesarias para la recuperación y defensa de dichos bienes".

Se acuerda por unanimidad:

Primero.-Requerir a doña María Concepción Zaragüeta Sampedro a fin de que en el plazo de un mes desde la notificación del presente acuerdo, proceda:

1.-A rectificar la escritura de propiedad que ha dado origen al expediente del exceso de cabida tramitado ante el Registro de la Propiedad de Aoiz sobre la finca de su propiedad número 1.530, señalando como superficie de la misma la que figura en la descripción de su primera inscripción registral, es decir, la de ocho áreas y noventa y ocho y media centiáreas (898,5 m²).

2.-A la presentación de dicha escritura rectificada en el Registro de la Propiedad de Aoiz para la corrección del correspondiente asiento registral.

Segundo.-Promover, transcurrido el plazo concedido sin atender el anterior requerimiento, el ejercicio de las acciones civiles que sean necesarias para la recuperación y defensa del patrimonio comunal.

Tercero.-Dar traslado del presente acuerdo a doña María Concepción Zaragüeta Sampedro".

Lo que notifico a usted para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho Acuerdo se podrá interponer optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo, o

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este Acuerdo.

Lónguida, 14 de febrero de 2011.-El Alcalde-Presidente, Roberto Zazpe Bariain.

Iragarkiaren kodea: L1102777