38. ALDIZKARIA - 2011ko otsailaren 24a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Edicto de notificación de la providencia de apremio a deudores
no localizados del Servicio Público de Empleo Estatal

En el expediente administrativo de apremio que se sigue contra los deudores del Servicio Público de Empleo Estatal que figuran en la relación que se acompaña, cuya gestión de cobro está encomendada a la Tesorería General de la Seguridad Social en virtud del Convenio de fecha 16 de marzo de 1992 suscrito entre el Instituto Nacional de Empleo, en la actualidad Servicio Público de Empleo Estatal y este Servicio Común, habiendo transcurrido el plazo fijado para el pago de la reclamación de deuda y habiendo adquirido firmeza ésta en vía administrativa sin que se haya producido su abono, el jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 85.2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (Boletín Oficial del Estado de 25 de junio), ha dictado la siguiente:

Providencia de apremio: "De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Boletín Oficial del Estado de 29 de junio de 1994) y 85 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado de 25 de junio de 2004), dicto la presente Providencia de Apremio, que constituye el título ejecutivo suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el embargo de los bienes en los términos establecidos en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de 15 días naturales desde su notificación serán exigibles los intereses de demora (interés legal incrementado en un 25%) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo".

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado del día 27), mediante la publicación del presente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que haga efectivo el importe total de la deuda, por los medios de pago legalmente admitidos, dentro del plazo de los quince días naturales siguientes al de la presente publicación, mediante ingreso en la cuenta de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente.

Transcurrido el precitado plazo de 15 días para realizar el pago, el responsable de éste deberá solicitar ante dicha Unidad de Recaudación Ejecutiva el cálculo de la cuantía a pagar en concepto de intereses de demora.

En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada Unidad de Recaudación Ejecutiva asignada a dichas providencias de apremio, así como su número de teléfono, fax y número de cuenta.

Los ingresos efectuados con posterioridad a dicho plazo de 15 días se aplicarán con arreglo a los criterios de imputación de pagos en vía de apremio previstos en el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante el superior jerárquico del que dictó el acto dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, por alguna de las siguientes causas: pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda, suspensión del procedimiento o falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen, señaladas en el artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso.

Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la citada Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

Tudela, 9 de febrero de 2011.-El Recaudador Ejecutivo, Carlos Lamban Aranda.

RÉG.

CCC/NAF

NOMBRE / RAZ. SOCIAL

N.º CERT.

F. EXP.

PERIODO

CONCEPTO

IMP. PRINC.

IMP. RECARGO

IMP. COSTAS

IMP. TOTAL

0111

07 080520872141

ROMERO BARRAGAN ANA

31 2010 050053886

11/11/10

12/09 12/09

Deuda SPEE

295,25

59,05

354,30

0111

07 081138499675

DOS ANJOS PASCOAL SERAFIN

31 2010 050049442

11/11/10

03/08 03/08

Deuda SPEE

642,87

128,58

771,45

0111

07 261006795809

RODRIGUEZ NAVARRETE MIGUEL

31 2010 050053785

11/11/10

01/10 01/10

Deuda SPEE

85,20

17,04

102,24

0111

07 310049692421

AMEZCUA LINDE JOSE JAVIER

31 2010 050048634

11/11/10

03/09 03/09

Deuda SPEE

7929,98

1586,00

9515,98

0111

07 311002380003

BEL EL ATTAR MOHAMED

31 2010 050050755

11/11/10

08/09 10/09

Deuda SPEE

1012,30

202,46

1214,76

0111

07 311007921935

HIGUERA IGEA VIRGINIA

31 2010 050052371

11/11/10

09/08 09/08

Deuda SPEE

124,06

24,82

148,88

0111

07 311020143834

TISKEVICIUS ARTURAS

31 2010 050054492

11/11/10

12/09 12/09

Deuda SPEE

182,77

36,56

219,33

0111

07 311021788285

KHADRI TAHAR

31 2010 050052674

11/11/10

04/09 04/09

Deuda SPEE

323,37

64,68

388,05

0111

10 31103772244

PRODUCTOS SOLDEVILLA, S.A.

31 2010 050048028

11/11/10

09/05 10/08

Deuda SPEE

3560,46

712,10

4272,56

0111

10 31105838950

GIL VIADAS ESTHER

31 2010 050047725

11/11/10

01/09 06/09

Deuda SPEE

3415,89

683,18

4099,07

0111

07 311016920000

AIT BOUIH CHALH LARBI

31 2010 050052977

11/11/10

11/09 01/10

Deuda SPEE

1809,66

361,94

2171,60

0111

07 311021887309

BRZOZOWSKI LUKASZ TEOFIL

31 2010 050050149

11/11/10

05/09 05/09

Deuda SPEE

783,95

156,79

940,74

URE

DOMICILIO

LOCALIDAD

TELÉFONO

FAX

N.º CUENTA

3103

CL MANRESA, 1

TUDELA

948 82 59 11

948 84 76 52

0182 0275 11 0201576388

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