6. BESTELAKO IRAGARKIAK
6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK
CINTRUÉNIGO
Edicto
Don Juan José Sesma Fernández - Concejal Delegado de Obras del M.I. Ayuntamiento de la Villa de Cintruénigo (Navarra).
En el uso de las facultades que le confiere el artículo 195 y siguientes de la Ley 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del territorio y urbanismo, por la presente tiene a bien dictar la siguiente:
Imposición de multa coercitiva por incumplimiento de orden de ejecución.
Con fecha 29 de septiembre de 2009 se requirió mediante Orden de ejecución dictada por resolución del Concejal de Urbanismo número 679/2009, a los propietarios del inmueble sito en la calle Rey, número 71 (parcela 2259, polígono 1) para que realizara de forma inminente en dicho inmueble las siguientes obras de conservación y rehabilitación:
a) Construir una nueva cubierta.
b) Colocación de todas las carpinterías tanto en la fachada exterior como interior, nuevas.
El Arquitecto Municipal informa que se ha hecho caso omiso de dicho requerimiento (informe 316/2010 de 4 de octubre de 2010).
Con fecha 3 de diciembre de 2010 se publica edicto de multa coercitiva de 3.000 euros mensuales, por la no realización de los trabajos descritos en la orden de ejecución dictada por resolución 679/2009, de 29 de septiembre de 2009, del Concejal de Urbanismo.
Fundamentos jurídicos y de derecho:
Primero.-El deber municipal de actuar en protección, en todo momento, de la legalidad urbanística vigente, al amparo del artículo 195 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo LFOTU; artículo 72 del Reglamento aprobado por Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, en vigor en lo que no se oponga a la citada ley foral; -y demás normativa urbanística en vigor que sea de aplicación; así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LRJPAC.
Segundo.-No resultando realizadas las órdenes de ejecución dadas, a las que no ha habido oposición alguna y que consisten en limpieza de solar arriba referenciado.
Tercero.-Que, sin perjuicio de las gestiones sobre la propiedad, han sido sucesivamente remitidos a los interesados los actos municipales encaminados a la actuación urbanística, sin que hasta la fecha se observe cumplimiento total de los requisitos legales exigidos, lo que previa y reiteradamente advertido de ello, procede la imposición de multa coercitiva a que faculta el artículo 204.3 de la LFOTU.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 8.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, en relación con el artículo 21.1.k de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local.
Por unanimidad se acuerda:
1.-Declarar desoído el requerimiento municipal y seguir imponiendo con carácter firme, a Casado Mayor, José Francisco multa coercitiva de 3.000 euros, por período de un mes, reiterable mensualmente en caso de incumplimiento, por la no realización de los trabajos descritos en la orden de ejecución dictada por resolución 679/2009, de 29 de septiembre de 2009, del Concejal de Urbanismo.
El pago podrá realizarse antes del transcurso del mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, en Tesorería Municipal o, de tener domiciliados sus pagos, este Ayuntamiento presentará en la entidad financiera el recibo que resulte para su gestión de cobro.
2.-Este acto tiene carácter definitivo en la vía administrativa; y notifíquese a Casado Mayor, José Francisco; Servicios técnicos municipales, Tesorería, Intervención y Alcaldía, a los efectos oportunos.
Contra esta Resolución cabe interponer optativamente, uno de los siguientes Recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo Órgano del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la Resolución.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta Resolución.
Cintruénigo, 10 de junio de 2011.-El Concejal de Urbanismo, Juan José Sesma Fernández.
Iragarkiaren kodea: L1110457