84. ALDIZKARIA - 2010eko uztailaren 12a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

PITILLAS

Notificación incoación expediente sancionador

Intentada la notificación a don Asier Martín Medina y no habiéndose podido practicar, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

Se hace saber a don Asier Martín Medina que el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pitillas con fecha 31 de mayo de 2010, dictó la siguiente Resolución:

"Vista la documentación que obra en el expediente y forma parte del mismo, en la que consta denuncia de la Guardia Civil contra Asier Martín Medina, con DNI 72.814.440-M por tener una perro potencialmente peligroso sin licencia.

En base a lo establecido en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, en la Ordenanza reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos del Ayuntamiento de Pitillas y en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

RESUELVO:

1-Incoar expediente sancionador a don Asier Martín Medina, DNI 72.814.440-M, con domicilio en calle Beire, número 14 de Pitillas (31392) para determinar su responsabilidad y la sanción que le corresponda conforme a lo que resulte de la instrucción, según consta en la denuncia de la que se le da traslado.

2-Señalar que tal hecho pudiera constituir una infracción administrativa tipificada como grave en el artículo 13, apartado 1b, de la Ley 50/1999, de 31 de mayo, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, llevando aparejada sanción desde 300,51 hasta 2.404,04 euros.

3-Nombrar Instructor del procedimiento a don Fermín Martín Azcona, primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Pitillas, al cual se comunica la presente resolución con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto.

4- El órgano competente para la resolución del procedimiento será esta Alcaldía conforme a lo establecido en el artículo 21.1.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

5- Notificar al presunto responsable la presente Resolución con la advertencia de que en el plazo de quince días desde la recepción de la presente podrá alegar lo que estime pertinente y proponer en su caso las pruebas que considere oportunas.

6-En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 13.2, 18 y 19 del reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, significando que la sanción que se propone es una multa de 300,51 euros."

Pitillas, 23 de junio de 2010.-El Alcalde, Amador Jiménez Herrero.

Iragarkiaren kodea: L1011045