6. BESTELAKO IRAGARKIAK
6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK
DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
Tribunal Administrativo de Navarra
Edictos de notificación
Notificación para: Don Garikoitz Artola Jáuregui.
Acto que se notifica: Providencia de 17 de mayo de 2010.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 17 de mayo de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10-3284, interpuesto por don Garikoitz Artola Jáuregui, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.
En la ciudad de Pamplona, a diecisiete de mayo de 2010.
Por recibido escrito formulado por don Garikoitz Artola Jáuregui, mediante el que dice interponer recurso de alzada contra "(...) resolución desestimatoria dictada por el Secretario Técnico del Ayuntamiento de Pamplona (...)" y solicita "(.) se tenga por presentado este escrito en calidad de reclamación administrativa (...)", en relación con el expediente número 90903/09.
El referido escrito fue presentado en el Departamento de Interior del Gobierno Vasco el día 22 de abril y ha sido registrado en este Tribunal con el número 10-3284.
Advertida la omisión padecida, pues no se formaliza debidamente el escrito de recurso, ni se indica domicilio alguno a efectos de notificaciones, procede conceder al recurrente plazo para subsanar dicha omisión.
Por lo expuesto,
He resuelto: Requerir a don Garikoitz Artola Jáuregui a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente providencia, subsane la omisión en que ha incurrido remitiendo a este Tribunal:
-Escrito de recurso en que se expresen, de forma concisa y separada, los hechos que motivan el recurso y los fundamentos legales en que se apoya, conteniendo la súplica que se formula, referida siempre al asunto concreto del acto recurrido.
En el referido escrito deberá indicar el domicilio a efecto de notificaciones, y acompañar la resolución o acuerdo que recurre así como cuantos documentos considere necesarios para justificar los derechos invocados en el recurso, pudiendo así mismo proponer diligencias de instrucción.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, por el que se da nueva redacción al Reglamento aprobado por Decreto Foral 279/1999, de 28 de octubre, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 17 de mayo de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Doña Cristina Olalde García.
Acto que se notifica: Providencia de 14 de abril de 2010.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 14 de abril de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10-2353, interpuesto por doña Cristina Olalde García, contra resolución del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 845008/09), sobre retirada de vehículo por la grúa municipal y sanción por infracción normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.
En la ciudad de Pamplona, a catorce de abril de 2010.
Por recibido recurso de alzada número 10-2353, interpuesto por doña Cristina Olade García contra resolución del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 845008/09), sobre retirada de vehículo por la grúa municipal y sanción por infracción normas de circulación.
Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:
-Copia de la resolución del recurso de reposición que se recurre (expediente municipal número 845008/09).
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 17 de mayo de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
Edicto de notificación
Notificación para: Don José María Azcona Vidaurre, en nombre y representación de "Azcona Vidaurre José María y Eraso Andueza Fermín".
Acto que se notifica: Providencia de 22 de abril de 2010.
Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la providencia del señor Presidente de este Tribunal de fecha 22 de abril de 2010, dictada en el recurso de alzada número 10-1348, interpuesto por don José María Azcona Vidaurre, en nombre y representación de "Azcona Vidaurre, José María y Eraso Andueza, Fermín", contra resolución del Ayuntamiento del Valle de Yerri desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra liquidación, sobre liquidación por Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras derivada de licencia de obras para instalación solar fotovoltaica en la cubierta de dos naves, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:
"Providencia.
Señor Presidente: Don Gabriel Casajús Gavari.
En la ciudad de Pamplona, a veintidós de abril de 2010.
Por recibido recurso de alzada número 10-1348, interpuesto por don José María Azcona Vidaurre, en nombre y representación de "Azcona Vidaurre, José María y Eraso Andueza, Fermín", contra resolución del Ayuntamiento del Valle de Yerri desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra liquidación, sobre liquidación por Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras derivada de licencia de obras para instalación solar fotovoltaica en la cubierta de dos naves.
Observadas las omisiones padecidas, se requiere al recurrente a fin de que, en plazo de diez días hábiles, (los sábados tienen la consideración de días hábiles), que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, realizando las siguientes actuaciones:
1.º Se persone en la Secretaría de este Tribunal al objeto de proceder a la firma del escrito del recurso.
2.º Remita a este Tribunal copia de la resolución o acuerdo que se recurre.
Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.
Lo manda y firma el Señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico."
Pamplona, 17 de mayo de 2010.-La Secretaria del Tribunal Administrativo de Navarra, María Carmen Lorente Gracia.
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