141. ALDIZKARIA - 2010eko azaroaren 19a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 30 de la calle Dormitalería

El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 18 de agosto de 2010, adoptó la siguiente resolución:

RUD 18-AGO-10 (37/UV)

«Visto el informe emitido con fecha 03 de agosto de 2010 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 30 de la calle Dormitalería de Pamplona efectuada con fecha 29 de julio de 2010, mediante la que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

-Desperfectos:

  • Cubierta:
  • La cubierta del edificio está compuesta por una cubierta inclinada en la mayor parte de la superficie en planta del edificio y una cubierta plana perteneciente a una terraza que da a la calle Dormitalería del 5.º piso-ático- del inmueble.
  • Cubierta inclinada:
  • Según la visita realiza y las declaraciones de la propietaria de las vivienda del 5.º piso-ático-, la cubierta inclinada del edificio no produce ninguna penetración de agua ni ninguna gotera en su vivienda, siendo solo la cubierta plana de la terraza del 5.º piso-ático- la que introduce agua a los pisos inferiores.
  • Se puede ver como la formación de la cubierta inclinada de madera vuela unos centímetros sobre las fachadas medianeras. Esta madera está en mal estado debido a su falta de protección frente a la intemperie. Alguna viga de madera de la formación de la pendiente de la cubierta asoma por la fachada medianera y también presenta las mismas deficiencias que las descritas anteriormente.
  • El sistema de evacuación de aguas pluviales de la cubierta inclinada está en mal estado. Parece ser que carece de mantenimiento y presenta grandes masas de capa vegetal en su interior. También el canalón parece algo descolocado y tiene fisuras.
  • Cubierta plana:
  • La terraza del 5.º piso -ático- se prolonga tras su antepecho hacia la calle Dormitalería con un alero revestido con mortero de cemento en su parte superior y con madera en su parte inferior. El alero de madera está descompuesto debido a la penetración del agua en la mayor parte de su superficie y se han producido desprendimientos del mismo a la vía pública.
  • La impermeabilización de la terraza y el alero están en mal estado y presentan vegetaciones y desprendimiento del mortero de la parte superior. El antepecho y la albardilla presentan mal estado. Tiene superficies de revestimiento de pintura y mortero de cemento desprendo con su correspondiente peligro de caídas a la vía pública.
  • El canalón de recogida de las aguas pluviales del alero está descolocado, tiene masas de vegetación y trozos del mortero de cemento desprendido del antepecho en su interior.
  • El sistema de evacuación de aguas pluviales de la cubierta plana no parece el adecuado y las dimensiones del mismo no son suficientes para la correcta evacuación de lluvias intensas.
  • La carpintería de la puerta de la terraza está en estado de pudrición y parece insuficiente la altura de la misma sobre el nivel de pavimento terminado de la terraza. Gran parte del agua que cae sobre el techo del piso 4.º penetra por la parte inferior de dicha carpintería.
  • Fachada principal, trasera y medianeras:
  • El revestimiento de la fachada principal y trasera no parece estar muy deteriorado, aunque sí que presenta algunas pequeñas zonas donde se ha desprendido la pintura y el revestimiento de mortero.
  • Las fachadas medianeras están en peor estado que la principal y la trasera teniendo también superficies donde el revestimiento de mortero está en mal estado y carece de pintura en toda su superficie. Se ha desprendido pequeños trozos de revestimiento sobre las cubiertas de los edificios anexos.
  • Se cuestiona el dimensionado de las bajantes de pluviales de fachada para la correcta evacuación del agua de que recoge toda la superficie de las cubiertas.
  • Patio interior de parcela:
  • Presenta pequeñas fisuras en el revestimiento de las fachadas del patio interior acentuándose en las partes más próximas al lucernario. Estas zonas están en peor estado debido a la penetración del agua a través del lucernario. En algunas zonas podemos ver el ladrillo debido al desprendimiento del revestimiento de las paredes.
  • Piso 3.º:
  • Se observan humedades en el techo del salón y el techo del dormitorio debido a la penetración de agua desde el piso 4.º procedente de la terraza del piso 5.º -ático-.
  • Piso 4.º:
  • Gran parte de la superficie del falso techo de escayola del salón se ha desprendido sobre el suelo de madera.
  • El suelo de la zona donde se produjo el derrumbe del falso se ha hinchado y modificado su color en sus partes más sensibles debido a la presencia de gran cantidad de agua en su interior procedente de la cubierta plana del piso superior.
  • Piso 5.º -ático-:
  • La carpintería de madera de la puerta de la terraza del salón está en estado de pudrición debido a la presencia del agua.
  • El suelo de madera de la zona de la puerta de acceso a la terraza del salón está afectada por el agua en cuanto a su incremento de volumen y su variación del color.
  • Portal y caja de escalera:
  • Existen humedades y su consecuente desprendimiento del revestimiento del interior del portal.
  • En la parte superior de la caja de escaleras y cercano al lucernario, se observan zonas donde existen fisuras y desprendimientos de pintura y del revestimiento de las paredes.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 30 de la calle Dormitalería de Pamplona, que procedan en el plazo de 30 días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

-Obras requeridas:

  • Cubierta:
  • Cubierta inclinada: Revisión total de la cubierta que garantice la estabilidad estructural de la misma y su estanqueidad.
  • Cubierta plana y alero cubierta plana: Impermeabilización de la terraza y alero. Reparación de antepechos y albardilla.
  • Reparación de aleros y elementos estructurales de madera de la cubierta y tratamiento frente a los agentes bióticos y atmosféricos.
  • Revisión y Rehabilitación, si fuese necesario, de chimeneas y fumistería y su correcta impermeabilización.
  • Redimensionado, revisión y en su caso sustitución de la instalación de recogida y evacuación de aguas pluviales de cubierta inclinada. Solución de mejora del sistema de evacuación de aguas pluviales en la cubierta plana de la terraza y alero de cubierta plana.
  • Redimensionado y revisión de las bajantes de la instalación de evacuación de aguas pluviales.
  • Fachada principal, trasera y medianeras:
  • Picado, reposición y posterior pintado con pintura al silicato del revestimiento de mortero de fachada en mal estado.
  • Reposición del revestimiento de mortero en las fachadas medianeras hacia los dos edificios anexos y tratamiento de pintura al silicato.
  • Patio interior de parcela:
  • Picado, reposición y posterior pintado del revestimiento de mortero de fachada en mal estado.
  • Reparación o sustitución del lucernario que garanticen su estanqueidad.
  • Piso 3.º:
  • Recomposición y pintado del techo del salón y dormitorio.
  • Piso 4.º:
  • Demolición y sustitución del actual falso techo de escayola en el salón y posterior pintado del mismo.
  • Reparación del pavimento de madera afectado por el agua.
  • Piso 5.º ático-:
  • Sustitución de la carpintería de la puerta de la terraza del salón, colocándola a una altura óptima que evite la entrada de agua en el interior de la vivienda.
  • Reparación del pavimento de madera afectado por el agua.
  • Portal y caja de escalera:
  • Eliminación de las humedades en el interior del portal.
  • Picado, reposición y posterior pintado del revestimiento en mal estado del interior del portal.
  • Reparación o sustitución del lucernario de la caja de escalera que garantice su estanqueidad.

Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto de técnico competente que las definan y justificante de contratación de Director de Obra, para su previa autorización por parte de la ORV.

2.-Apercibir a las personas propietarias del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, las personas propietarias que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a las personas propietarias, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntas responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a las personas propietarias que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Admv.º del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 5 de noviembre de 2010.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Iragarkiaren kodea: L1018269