141. ALDIZKARIA - 2010eko azaroaren 19a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 23
de la calle Compañía de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 22 de junio de 2010, adoptó la siguiente resolución:

RUD 22-JUN-10 (11/UV)

«Visto el informe emitido con fecha 15 de junio de 2010 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 23 de la calle Compañía de Pamplona efectuada con fecha 14 de junio de 2010, a petición de D. Jorge Amezqueta Díaz propietario del piso 4.º, mediante la que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

-Desperfectos:

  • Fachada a calle Compañía.
  • Hornacina.
  • En general el estado de la piedra es de progresivo deterioro: erosión, escamación y fisuración.
  • Se advierten pequeños desprendimientos en cantos y esquinas en el orden inferior.
  • En la zona derecha de la hornacina (cornisa horizontal y cornisa partida), se advierten grietas con riesgo de desprendimiento de parte de la cornisa.
  • Desprendimiento de cartela bajo la pilastra izquierda.
  • Fachada: grietas generalizadas en esquinas de ventanas.
  • Canalón abollado.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, he resuelto:

1.-Ordenar a los propietarios del edificio número 23 de la calle Compañía de Pamplona, que procedan en el plazo de 90 días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

-Obras requeridas:

Durante la ejecución de las obras en fachada principal, se tendrá en cuenta que la hornacina de la fachada es un elemento vinculado a la edificación (E.V.E), catalogado como tal en el Plan Municipal de Pamplona.

  • Fachada a calle Compañía.
  • Hornacina: restauración de las partes deterioradas o perdidas, garantizando la seguridad de todos sus elementos. La intervención en la hornacina, se ajustará a las técnicas específicas de restauración.
  • Fachada: picado y reparación de grietas. Nuevo revoco en zonas afectadas. Pintado de toda la fachada.
  • Garantizar el correcto funcionamiento del canalón, sustituyéndolo o reparándolo si fuese necesario.
  • Cualquier actuación en esta fachada, se supeditará a la puesta en valor del elemento catalogado, en este caso la hornacina, evitando el progresivo deterioro del mismo.

Documentación a presentar: Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de Obra. Se requerirá la intervención de restaurador.

2.-Apercibir a las personas propietarias del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, las personas propietarias que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a las personas propietarias, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntas responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a las personas propietarias que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 5 de noviembre de 2010.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Iragarkiaren kodea: L1018265