104. ALDIZKARIA - 2010eko abuztuaren 27a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 22 de junio de 2010, mediante la que declara a don Iñigo Sorozábal Egüés con D.N.I. número 33438886Z, en su calidad de administrador de la empresa Angar 17, S.L. con C.I.F. número B31867997, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a don Iñigo Sorozábal Egüés la cantidad de 44.555,91 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO

DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31107383573

31/10/014362132

05/07-05/07

808,22

0111

31107383573

31/10/014362233

06/07-06/07

3.126,23

0111

31107383573

31/10/014362334

06/07-06/07

119,20

0111

31107383573

31/10/014362435

07/07-07/07

3.852,49

0111

31107383573

31/10/014362536

05/07-07/07

454,67

0111

31107383573

31/10/014362637

08/07-08/07

3.059,55

0111

31107383573

31/10/014362738

09/07-09/07

3.987,41

0111

31107383573

31/10/014362839

10/07-10/07

922,49

0111

31107383573

31/10/014362940

11/07-11/07

456,32

0111

31107383573

31/10/014363041

12/07-12/07

7.596,75

0111

31107383573

31/10/014363142

01/08-01/08

734,83

0111

31107383573

31/10/014363243

02/08-02/08

653,27

0111

31107383573

31/10/014363344

01/08-03/08

58,61

0111

31107383573

31/10/014363445

03/08-03/08

650,38

0111

31107383573

31/10/014363546

04/08-04/08

665,94

0111

31107383573

31/10/014363647

05/08-05/08

662,48

0111

31107383573

31/10/014363748

06/08-06/08

659,28

0111

31107383573

31/10/014363849

07/08-07/08

651,26

0111

31107383573

31/10/014363950

08/08-08/08

647,70

0111

31107383573

31/10/014364051

09/08-09/08

644,75

0111

31107383573

31/10/014364152

10/08-10/08

640,82

0111

31107383573

31/10/014364253

11/08-11/08

637,60

0111

31107383573

31/10/014364354

12/08-12/08

590,46

0111

31107383573

31/10/014364455

01/09-01/09

644,84

0111

31107383573

31/10/014364556

02/09-02/09

1.444,06

0111

31107383573

31/10/014364657

03/09-03/09

1.594,13

0111

31107383573

31/10/014364758

04/09-04/09

1.538,06

0111

31107383573

31/10/014364859

05/09-05/09

1.582,16

0111

31107383573

31/10/014364960

06/09-06/09

1.526,47

0111

31107383573

31/10/014365061

07/09-07/09

524,21

0111

31107383573

31/10/014365162

08/09-08/09

522,66

0111

31107383573

31/10/014365263

09/09-09/09

504,27

0111

31107383573

31/10/014365364

10/09-10/09

519,50

0111

31107383573

31/10/014365465

11/09-11/09

493,65

0111

31107383573

31/10/014365566

12/09-12/09

510,08

0111

31107383573

31/10/014365667

01/10-01/10

457,70

0111

31107383573

31/10/014365768

02/10-02/10

413,41

Recurso procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 44.555,91 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, calle Pintor Crispín, 10, 2.º A, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27, de noviembre de 1997) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pamplona y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto, número 7, de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 16 de agosto de 2010.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de derivación de responsabilidad solidaria

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 2 de julio de 2010, mediante la que declara a doña Rosa Galán Calero con D.N.I. número 33439555Q, en su calidad de administradora de la empresa Armarina, S.L. con C.I.F. número B31395825, responsable solidario de las deudas contraídas por esta razón social con la Tesorería General de la Seguridad Social y reclamar a doña Rosa Galán Calero la cantidad de 28.461,30 euros, en los correspondientes documentos de reclamaciones de deuda, que a continuación se relacionan:

REG.

T/IDENTIF.

NÚMERO

DE RECLAMACIÓN

PERIODO

IMPORTE

0111

31107344066

31/10/014579875

12/07-12/07

3.982,42

0111

31107344066

31/10/014579976

03/08-03/08

4.115,56

0111

31107344066

31/10/014580077

08/08-08/08

4.014,13

0111

31107344066

31/10/014580178

09/08-09/08

30,16

0111

31107344066

31/10/014580279

09/08-09/08

2.949,04

0111

31107344066

31/10/014580380

10/08-10/08

3.354,03

0111

31107344066

31/10/014580481

11/08-11/08

4.070,98

0111

31107344066

31/10/014580582

12/08-12/08

3.640,45

0111

31107344066

31/10/014580683

01/09-01/09

1.479,80

0111

31107344066

31/10/014580784

01/07-12/07

824,73

Recurso procedente: Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación, recurso de alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 del Reglamento de Recaudación aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (Boletín Oficial del Estado del 25), en relación con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, según dichos artículos, transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa sobre el mismo, éste se entenderá desestimado a todos los efectos, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

La interposición del recurso no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que junto con el recurso se garantice con aval suficiente, o se consigne el importe total de la deuda, que en el presente supuesto asciende, como en su momento se ha dicho, a 28.461,30 euros, conforme con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada al mismo por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre.

Si finalizado el indicado plazo de ingreso en período voluntario, no se hubiera efectuado el mismo, ni interpuesto recurso de alzada con la prestación de garantía antes señalados, se iniciará la vía de apremio, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social en la nueva redacción dada por la citada Ley 52/2003.

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del interesado, sito en Zizur Mayor, calle Santa Cruz, 5, 5.º F sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se hace público el trámite mediante el presente anuncio a fin de que sirva de notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre de 1997) y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Zizur Mayor y en el Boletín Oficial de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 16 de agosto de 2010.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Iragarkiaren kodea: E1013920