155. ALDIZKARIA - 2009ko abenduaren 18a

4. PROZEDURA JUDIZIALAK

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE NAVARRA

Secretaría de Gobierno de Navarra
Edicto

Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en su reunión de fecha 20 de noviembre de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 a 103 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en los concordantes del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, la Sala de Gobierno Acuerda, previa la correspondiente convocatoria de vacantes:

A.-Nombrar Jueces de Paz Titulares y Sustitutos de los siguientes Juzgados:

1.º Juzgado de Paz de Bidaurreta: doña María Joséfa Beloqui Arrondo, provista del DNI número 15-789-514-Z, Juez Titular; doña Eva Aesteguía Caldera, provista del DNI número 33.434.853-Y, Juez Sustituto; elegidas ambas por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio.

2.º Juzgado de Paz de Etxauri: doña Ana Isabel Marco Solana, provista del DNI número: 29.150.938-W, Juez Titular; don José Luis Oteiza Ríos, provisto del DNI número: 15.781.319-F, Juez Sustituto, elegidos ambos por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio.

3.º Juzgado de Paz de Ituren: doña Irune Bazterrika Etxenike, provista del DNI número: 44.632.787-E, Juez Sustituto, elegida por el Pleno del Ayuntamiento del Municipio.

B.-Los Jueces de Paz titulares y sustitutos son nombrados por un período de cuatro años, computándose la duración de su mandato desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra.

C.-Los Jueces de Paz nombrados deberán tomar posesión del cargo respectivo dentro del plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra, previo juramento o promesa, en los términos del artículo 318 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial, o el Decano si hubiere varios.

D.-No estarán obligados a prestar juramento o promesa quienes ya lo hubieren prestado con anterioridad como Jueces titulares o sustitutos.

E.-Una vez hayan tomado posesión de sus cargos los Jueces nombrados, les será expedido por la Sala de Gobierno un carné acreditativo de su identidad, gozarán de inamovilidad y serán retribuidos por el sistema y en la cuantía legalmente establecidos.

F.-Contra el presente acuerdo de nombramiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz y concordantes, con el artículo 14 del Reglamento número 1/2000, de los Organos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pamplona, 20 de noviembre de 2009.-La Secretario de Gobierno, Mercedes Vitrian Arigita.

Iragarkiaren kodea: J0927424