125. ALDIZKARIA - 2009ko urriaren 9a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Cédula de notificación.
Resoluciones actas de infracción

De conformidad con lo previsto por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por no haberse podido practicar las notificaciones intentadas en domicilio conocido, se notifican por este medio a los sujetos responsables que a continuación se relacionan las resoluciones dictadas en esta Inspección en relación con las actas de Seguridad Social, cuyo encabezamiento, parte dispositiva y recursos son del siguiente tenor literal:

Vista el acta de infracción número I312009000022927, instruida por la Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 27-05-09 a la empresa "Restrepo Osorio, Luz Mabelly" con domicilio en calle Doctor José Alfonso número 3-1.º B, de Pamplona. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de mil ocho euros con veinte céntimos (1.008,20 euros).

Vista el acta de infracción número I312009000023533, instruida por la Dirección Territorial-Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Navarra, levantada en fecha 26-05-09 a la empresa "Vista Sabinal, S.L." con domicilio en calle Jesús del Gran Poder número 15, de San Adrián. Fallo: Que procede imponer a la citada empresa la sanción cuyo importe asciende a la cantidad de seis mil doscientos cincuenta y un euros (6.251,00 euros).

Recurso: Cabe interponer recurso alzada ante la Dirección General de Ordenación Económica de la Seguridad Social en el plazo de un mes, computándose desde el día siguiente al de su publicación. De no interponerse, el abono de su importe deberá ser realizado hasta el último día hábil del mes siguiente al de la recepción de la notificación de la deuda formulada por la Tesorería General de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el vigente Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Boletín Oficial del Estado 25-06-2004). Asimismo se le advierte que, en defecto de pago en dicho plazo se iniciará automáticamente la vía ejecutiva, con aplicación del consiguiente recargo del 20 por ciento.

Y para su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que lleguen dichas resoluciones a conocimiento de los interesados, se emite el presente edicto.

Pamplona, 24 de septiembre de 2009.-El Director Territorial-Jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Guillermo Dachary Pagola.

Iragarkiaren kodea: E0923350