125. ALDIZKARIA - 2009ko urriaren 9a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

UJUÉ

Notificación expediente ruina

No habiendo podido ser notificada la Resolución de Alcaldía número 32/2009, de 3 de septiembre, a los interesados, por encontrarse los mismos ausentes de su último domicilio conocido o resultar desconocidos en el mismo, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante el presente anuncio y mediante edicto publicado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento del último domicilio conocido.

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ujué, en el día de la fecha ha dictado la siguiente Resolución:

Mediante Resolución de 8 de marzo de 2007 se declaró el estado en ruina total el edificio situado en calle Villeta, 16, parcela 160 del polígono 1 de Ujué, cuyo titular catastral es Viva Familia, S.A. publicándose en el Boletín Oficial de Navarra la misma al negarse el propietario a recibir la misma. En dicha resolución se ordenaba la demolición del edificio de acuerdo con el dictamen técnico que se daba por reproducido.

Este Ayuntamiento a la vista de la inactividad del propietario encargó un Proyecto de derribo al Arquitecto Juan Cruz Lasheras Guilzu, que fue redactado en marzo del año 2008 y cuyo presupuesto de contrata ascendía a la cantidad de 46.361,74 euros. Igualmente esta Ayuntamiento ha tramitado y obtenido el informe favorable de la Institución Príncipe de Viana para la ejecución de los trabajos de derribo.

Por parte del Ayuntamiento de Ujué se han realizado varios procedimientos para la adjudicación de los trabajos de derribo sin que se haya podido adjudicar la obra.

Teniendo en cuenta que el propietario continua sin ejecutar el derribo del edificio a pesar que desde el Ayuntamiento se le ha avisado reiteradamente de la obligatoriedad de realizar la demolición, este Ayuntamiento se ve en la obligación nuevamente de proceder a la contratación de una empresa especializada en la realización de los trabajos de derribo cuyo presupuesto de ejecución será el arriba mencionado más los honorarios de redacción de Proyecto y Dirección de obras.

Teniendo en cuenta la competencia que me concede el artículo 21.1.s) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra,

Resuelvo:

1.º Comunicar a Viva Familia, S.A. que este Ayuntamiento va a iniciar nuevamente la contratación de la ejecución de los trabajos de derribo del edificio arriba mencionado conforme con el Proyecto Técnico redactado por Juan Cruz Lasheras Guilzu, que se encuentra a su disposición en las oficinas municipales, siendo a su costa el gasto que para el Ayuntamiento conlleve los trabajos de demolición del edificio.

2.º Proceder a la contratación de una empresa especializada en el derribo de edificios cuya contratación se realizará conforme a la Ley Foral 6/2006.

3.º Dar traslado de la presente resolución a Viva Familia, S.A.

Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra la presente resolución podrá interponer potestativamente alguno de los siguientes recursos: recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el Plazo en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación.

Ujué, 3 de septiembre de 2009.-La Alcaldesa, María Jesús Zoroza Ugalde.

Iragarkiaren kodea: L0923234