123. ALDIZKARIA - 2009ko urriaren 5a

4. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO CUATRO DE PAMPLONA

Edicto de notificación demanda 390/2009

En el procedimiento de demanda, número 390/2009, seguido en este Juzgado a instancia de Julio Gómez Morales, Blas García Del Castillo y Antonio Pérez Tejedor contra Construcciones Lemuaz, S.L. y Fogasa, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando la demanda formulada por Julio Gómez Morales, Blas García Del Castillo y Antonio Pérez Tejedor contra Construcciones Lemuaz, S.L. debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a los demandantes las cantidades respectivas de:

A Julio Gómez Morales: la cantidad de 8.096,44 euros.

A Blas García Del Castillo: la cantidad de 8.332,89 euros.

A Antonio Pérez Tejedor: la cantidad de 5.924,99 euros.

Asimismo se condena a la demandada al abono del interés del 10% anual de demora sobre las siguientes cuantías:

A Julio Gómez Morales sobre la cuantía de 3.736,18 euros.

A Blas García Del Castillo sobre la cuantía de 4.423,23 euros.

A Antonio Pérez Tejedor sobre la cuantía de 2.971,07 euros.

Teniéndose por demandado al Fogasa a los efectos legales procedentes.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cta.: 4148.0000.65.0390 09 en la sucursal del Banesto de la calle Cortes de Navarra (oficina número 0030-8025), y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 4148.0000.67.0390 09, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria habrá de consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de Justicia Gratuita.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Lemuaz, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 21 de septiembre de 2009.-El Secretario Judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

Iragarkiaren kodea: J0922991