9. ALDIZKARIA - 2008ko urtarrilaren 21a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona

Cédula de notificación

Doña Rosa María Valencia Ederra Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 738/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Luis Copete Azagra contra la empresa Garid Compañía Promotora-Constructora, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 26 de diciembre de 2007 en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Que estimando la demanda de despido formulada por don Luis Copete Azagra contra Garid Compañía Promotora-Constructora, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante acaecido el 16 de octubre de 2007, condenando a Garid Compañía Promotora-Constructora, S.L., a readmitir al demandante en iguales circunstancias a las que ostentaba antes del despido o a su elección, al abono de una indemnización de 8.149,20 euros, opción que deber ejercitar dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia mediante comparecencia ante este órgano judicial a mediante escrito presentado dentro del mismo plazo ante el mismo, entendiendo que de no hacerla opta por la readmisión, con abono en todo caso de los salarios dejados de percibir por el demandante desde el 16 de octubre de 2007 y hasta la notificación de esta sentencia o hasta que la readmisión tenga lugar siendo el salario diario de 67,91 euros y al Fondo de Garantía Salaria a estar y pasar por la anterior declaración.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, cuenta 0030 8025 0000 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 0738/07 en Banesto sito en la calle Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0738/07, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Garid Compañía Promotora-Constructora, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 3 de enero de 2008.-La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

Iragarkiaren kodea: J0800369