8. ALDIZKARIA - 2008ko urtarrilaren 18a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 31/04

EDICTO

En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/04 se instruye expediente administrativo de apremio contra el deudor que a continuación se detalla, habiéndose emitido en fecha 5 de diciembre de 2007 por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la notificación al deudor de valoración de bienes muebles/inmuebles embargados que a continuación se transcribe:

Notificadas al deudor JYEP, S.L., C.I.F. número B31243371, las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido con fecha 1 de febrero de 1995 al embargo de bienes inmuebles de su propiedad:

Urbana.-Garaje planta sótano en calle La Plana número 8, en Tafalla, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Tafalla en el Tomo 1703, Libro 240, Folio 34, finca número 15.873, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva en 11.023,00 euros, a efectos de su posible venta en publica subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

Importe deuda:

Principal: 94.811,11.

Recargo: 21.795,86.

Intereses: 0,00.

Costas: 1.039,91.

Total: 117.646,88 euros.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" Del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" Del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Al resultar infructuosas las gestiones realizadas para notificar al deudor la citada diligencia y de conformidad con el artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25) y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al deudor para que comparezca por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue.

Estella, 20 de diciembre de 2007.-El Recaudador Ejecutivo, M.ª Concepción Garrués Echeverría.

Iragarkiaren kodea: E0719724