8. ALDIZKARIA - 2008ko urtarrilaren 18a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona

Cédula de notificación

Doña Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento 656/2007 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Laura Izquierdo Urdiain contra la empresa Díaz Jiménez, M.ª Carmen y Rey Ollarra, José Ramón (Bar Jardín), José Ramón Rey Olarra y M.ª Carmen Díaz Jiménez sobre despido se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo: Que, estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña Laura Izquierdo Urdiain, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando de manera solidaria a la empresa Sociedad Civil Irregular María Carmen Díaz Jiménez y José Ramón Rey Olarra (Bar Jardín) y a doña María Carmen Díaz Jiménez y don José Ramón Rey Olarra a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, readmitan a la demandante en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, o bien le indemnicen con la suma de 329,76 euros y debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de todos los pedimentos deducidos contra el mismo, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que legalmente pudiera corresponderle. Condeno a la Sociedad Civil Irregular María Carmen Díaz Jiménez y José Ramón Rey Olarra (Bar Jardín) y a doña María Carmen Díaz Jiménez y don José Ramón Rey Olarra además, y en todo caso, a que abonen a la trabajadora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta el día 17 de septiembre y el día 8 de octubre, a razón de 43,97 euros diarios de salario, con prorrata de pagas extras. Se advierte, por último, a la empresa que la opción señalada habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes desde la notificación de la sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.-Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará en el plazo de cinco dias hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el Recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., Banco de Vitoria, S.A.), sucursal de la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159 0000 65. 0656 07. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cta., esta vez con el número de procedimiento 3159 0000 67 0656 07, la cantidad objeto de la condena Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

También se advierte a la empresa, que si recurre, viene obligada a dar ocupación al trabajador despedido, o si prefiere, abonarle el salario correspondiente sin contraprestación de servicios durante todo el tiempo que dure la tramitación del recurso, siempre que optare por su readmisión. Enterados, firman, doy fe.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Ramón Rey Olarra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 26 de diciembre de 2007.-La Secretaria Judicial, Aranzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0720003