65. ALDIZKARIA - 2008ko maiatzaren 26a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona

Procedimiento 457/2007

En Pamplona, a 6 de mayo de 2008.

Doña Margarita Pérez Salazar Resano, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona.

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Pamplona, se tramita procedimiento de Divorcio contencioso con el número 457/2007 instados por la Procuradora María Asunción Martínez Chueca, actuando en nombre y representación de doña María Monserrat Ferrández Ploanas, frente a don Eduardo Rodríguez Alvarez en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución que contiene entre otros el particular del tenor literal siguiente:

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Martínez Chueca, en representación de doña Monserrat Ferrández Planas, frente a don Eduardo Rodríguez Alvarez, en situación procesal de rebeldía, debo decretar y decreto la disolución por Divorcio del matrimonio quie contrajeron en Pamplona el 2 dediciembre de 1994, con los efectos inherentes a esa declaración y con las modificaciones siguientes:

-Procede la suspensión del derecho de visitas entre el padre don Eduardo Rodríguez Alvarez y sus dos hijos, Unai y Myrian.

-Se incrementa la cuantía de la pensión que don Eduardo debe abonar a doña Montserrat Ferrández para el sostenimiento de los dos hijos comunes, fijándola en la cantidad de 600 euros al mes, a razón de 300 euros a cada uno de los hijos. Dicha cantidad se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe doña Montserrat y se revalorizará en enero de cada año conforme a las variaciones de IPC que publique el INE u organismo que legalmente le sustituya.

No procede hacer expresa imposición de costas.

Firme la presente resolución líbrese exhorto al Registro Civil que proceda para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. La Magistrada.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Eduardo Rodríguez Alvarez, en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y tablón de anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 6 de mayo de 2008.-La Magistrada-Juez. La Secretaria, Inmaculada Jurío Macaya.

Iragarkiaren kodea: J0807352