VI. PROZEDURA JUDIZIALAK
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella
Subasta pública
Don Tomás Marcos Ondarra Uriarte Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Estella, hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 594/2007 a instancia de Caja Rural de Navarra Sociedad Cooperativa de Crédito contra Angel Pablo Fernández Osés, María Lourdes Alegría Fernández y Lucio Osés Bezunartea sobre Ejecución Hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
BIENES QUE SE SACAN A SUBASTA Y SU VALORACION
-Finca en jurisdicción de Azqueta (Ayuntamiento de Igúzkiza) urbana casa señalada con el número 31 de la calle San Pedro (antes Carrera, 11); consta de tres pisos con el firme. Ocupa una superficie solar de ciento treinta y cinco metros cuadrados; y linda derecha entrando, con calle pública; izquierda, con casa de Dionisia Ortigosa y patio de Martín Morrás; y por espalda, con patio y huerta de Robustiano Torralba Ros y su esposa Braulia de Miguel Garcín.
Inscrita en el Registro de la Propiedad número uno de Estella, al tomo 2634, libro 24, folio 204, finca número 514.
Tasación a efectos de subasta: 50.000 euros.
La subasta tendrá lugar el día 15 de julio de 2008 a las 12 horas.
CONDICIONES DE LA SUBASTA
1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.º Identificarse de forma suficiente.
2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 3148-0000-06-00594-07 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.
2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.
3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.
4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.
5.-La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.
6.-Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
7.-Sirva la publicación del presente Edicto como notificación a los demandados para el supuesto de que no hubiera sido posible su notificación personal.
Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.
Estella, 8 de mayo de 2008.-El Secretario Judicial, Tomás Marcos Ondarra Uriarte.
Iragarkiaren kodea: J0807265