21. ALDIZKARIA - 2008ko otsailaren 15a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

BARAÑAIN

Emplazamiento en el recurso contencioso-administrativo número 01/2008

No habiendo podido ser notificado la siguiente resolución a don Rubén Castro Pérez por encontrarse el mismo ausente de su último domicilio conocido sito en la calle Cultura, 10 de Barañáin, de conformidad con las prescripciones contenidas en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante el presente anuncio y mediante edicto publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barañáin:

Resolución número 45/ 2008, de 24 de enero, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barañáin por la que se resuelve la remisión del expediente administrativo en relación con el Recurso Contencioso-Administrativo número 01/2008.

Don Florencio Luqui Iribarren, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barañáin,

Recibido requerimiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona, en relación con la interposición de Recurso Contencioso-Administrativo por don Iñaki Aguirre Beldarrain y doña Ana Palacios Arellano frente a la inactividad del Ayuntamiento de Barañáin ante las denuncias presentadas por ambos recurrentes en relación con la actividad desarrollada en inmueble sito en la Avenida Central 4, bajo trasera, de Barañáin.

Considerando que en virtud de dicho requerimiento del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona y conforme al artículo 116 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el expediente administrativo correspondiente al recurso identificado debe ser remitido al órgano jurisdiccional en el plazo máximo de cinco días a contar desde que la comunicación judicial tiene entrada en el Registro General de esta Entidad.

Teniendo en cuenta que de conformidad con el artículo 50 de dicha Ley, el emplazamiento de esta Entidad se entiende efectuado por la reclamación del expediente y su personación tiene lugar con el envío del mismo,

En cumplimiento de la obligación impuesta en el artículo 48.1 in fine de la Ley citada, en calidad de órgano autor del acto impugnado, he resuelto:

Primero.-Remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Pamplona, ex artículo 116 de la Ley 29/1998, la copia diligenciada del expediente administrativo relacionado con el acto impugnado mediante el recurso de referencia.

Segundo.-Proceder, en cumplimiento del artículo 116.2 de la misma Ley, a la notificación de la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento aludido, emplazándoles para que puedan personarse en autos como demandados en el plazo de cinco días, adjuntando a tal efecto copia del escrito de interposición.

Tercero.-Incorporar al expediente objeto de remisión la justificación de las notificaciones de emplazamiento efectuadas.

Cuarto.-Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la próxima Sesión Ordinaria que dicho órgano celebre.

Lo que le notifico a los efectos oportunos advirtiéndole que, contra la presente resolución no cabe la interposición de recurso alguno por tratarse de un acto de trámite no susceptible de impugnación.

Barañáin, 29 de enero de 2008.-El Alcalde-Presidente, Florencio Luqui Iribarren.

Iragarkiaren kodea: L0801483