155. ALDIZKARIA - 2008ko abenduaren 22a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

PAMPLONA

Edicto

No habiendo podido ser notificada la resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 14 de octubre de 2008 (29/ds) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de residencia del interesado.

"RUD 14-OCT-08 (29/DS)

«Visto informe del Servicio de Inspección Alimentaria y Zoonosis y demás documentación que obra en el expediente en la que consta que, en visitas de inspección efectuadas los días 19 de junio y 10 de septiembre de 2008, se comprobó que no se había dado cumplimiento a lo requerido por resolución de esta Concejalía Delegada de fecha 4 de marzo de 2008 (4/DS) porque se observaron deficientes condiciones de salubridad y limpieza en balcones del piso 2.º derecha de calle Emilio Arrieta, 6, y la presencia de multitud de palomas ensuciando fachadas y toldos del entorno, porque la inquilina de la citada vivienda daba de comer a las palomas en dichos balcones, según informes de inspección de esas mismas fechas,

He resuelto:

1.-Requerir a de nuevo a María Guadalupe Murugarren Rada (DNI 15536130), para que en el plazo máximo de quince días a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, proceda a limpiar los balcones y persianas del piso de calle Emilio Arrieta, 6-2.º derecha, y adopte las medidas necesarias de manera que se impida la presencia, acceso y anidación de palomas, advirtiendo que el incumplimiento de lo requerido dará lugar a la liquidación de nueva tasa por inspección y a la incoación de nuevo expediente sancionador.

2.-Aprobar la liquidación de una tasa por la inspección efectuada el 10 de septiembre de 2008 por importe de 95,00 euros, conforme al artículo 2.a de la Ordenanza Fiscal número 12, que se aplicará a la partida 20/33023 del presupuesto de ingresos vigente, y exigir a María Guadalupe Murugarren Rada el pago de dicho importe en Depositaría Municipal en el plazo de treinta días hábiles a contar desde la notificación de la presente resolución, pasando a cobro ejecutivo en caso contrario.

3.-Incoar expediente sancionador a María Guadalupe Murugarren Rada a quien se considera presunta responsable de la supuesta infracción cometida, según consta en los informes de inspección a los que se ha hecho referencia y que se le trasladan.

4.-Señalar que, los hechos reseñados en el primer párrafo de la presente resolución, pudieran constituir una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, e infringen lo dispuesto en los artículos 1 y 24 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 2, y 8 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 13, en relación con los artículos 13, 27 y 34 de la Ley Foral de Salud 10/1990.

El artículo 29.2 de la Ley Foral de Salud y el artículo 52 de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, facultan a la Alcaldía para imponer sanciones por infracciones sanitarias y de Ordenanzas Municipales. La Excma. Sra. Alcaldesa de Pamplona, delegó, por DAL de fecha 25 de junio de 2007 (1/PR), entre otras, la competencia sancionadora en materia de Sanidad y Medio Ambiente, en el Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, quien resulta, por lo tanto, el órgano municipal competente.

El artículo 29.1 de la Ley Foral de Salud en su remisión al artículo 36 de la Ley General de Sanidad, y el artículo 6.1 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, fijan las cuantías de las multas por infracciones sanitarias y de ordenanzas municipales de sanidad.

5.-Designar a M.ª Del Mar Indave García, Secretaria Técnica de Desarrollo Sostenible, instructora del expediente incoado. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la interesada podrá promover la recusación de la instructora nombrada.

6.-Comunicar a la presunta responsable que puede reconocer su responsabilidad, imponiéndosele la sanción correspondiente, o realizar el pago de la sanción pecuniaria en su caso.

7.-En el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a la recepción del pliego de cargos, la expedientada podrá proponer alegaciones y pruebas, aportar documentos e informaciones, debiendo hacerlo mediante escrito presentado en los Registros del Ayuntamiento de Pamplona.

8.-En el caso de que no sean formuladas alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo indicado, el presente acto administrativo podrá ser considerado propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, R.D. 1398/1993, significando que la cuantía de la sanción que se propone es de 600,00 euros, sin perjuicio de la posible reducción del 30% de la multa que pudiera acordarse, conforme a los requisitos establecido en el artículo 11 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1.

9.-Poner en conocimiento de María Guadalupe Murugarren Rada, que con base en lo dispuesto en el artículo 17 de la Ordenanza Municipal de Sanidad número 1, transcurridos seis meses desde la notificación de cada uno de los trámites previstos en el procedimiento sin que se impulse el trámite siguiente, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de las actuaciones, salvo en el caso de la resolución, en que podrá transcurrir un año desde que se notificó la propuesta.»"

Contra los puntos 1 y 2 de la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de Reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de este edicto.

b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este edicto

c) Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto.

Así mismo se manifiesta que el expediente se encuentra a disposición de la interesada en las oficinas del Área de Desarrollo Sostenible sitas en calle San Saturnino, 2, donde podrá examinarlo de 8 a 14 horas en días laborables.

Pamplona, 21 de noviembre de 2008.-El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

Iragarkiaren kodea: L0818359