155. ALDIZKARIA - 2008ko abenduaren 22a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

PAMPLONA

Requerimiento de ejecución de obras al edificio número 27 bis de la calle Santo Domingo

El Concejal Delegado de Urbanismo, Vivienda y Desarrollo Sostenible del Excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 24 de octubre de 2008, adoptó la siguiente resolución:

RUD 24-OCT-08 (7/UV)

«Visto el informe emitido con fecha 28 de julio de 2008 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre las visitas de inspección al edificio número 27-bis de la calle Santo Domingo de Pamplona efectuadas con fecha 4 de septiembre de 2007, antes del inicio de los trabajos de reforma del espacio urbano de la belena "de San Cernin" (o "de la Torre Galea"), y en fechas posteriores, mediante las que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

-En fachada a calle Santo Domingo:

.Losas de balcones del piso 2.º: presentan pérdida de sección en cantos y esquinas, con riesgo de desprendimientos.

.Canalón con vegetación.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 9.1 de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo,

He resuelto:

1.-Ordenar a las personas propietarias del edificio número 27-bis de la calle Santo Domingo que procedan en el plazo de ciento veinte días, contados a partir de la notificación de la presente resolución, a la ejecución de las siguientes obras:

-En fachada a calle Santo Domingo:

.Losas de balcones del piso 2.º: picado, saneado y recomposición de sección de losas, garantizando la estabilidad y seguridad de las mismas. Pintado de las mismas.

.Revisión del resto de losas de la fachada y actuar del mismo modo que en las losas del 2.º si se estima necesario.

.Limpieza de canalón.

Antes del inicio de los trabajos deberán presentar Proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de Obra.

2.-Apercibir a las personas propietarias del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3.-Apercibir igualmente a las personas propietarias, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntas responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4.-Indicar a las personas propietarias que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 59.6, apartado a), de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 24 de noviembre de 2008.-La Alcaldesa, María Yolanda Barcina Angulo.

Iragarkiaren kodea: L0818077