150. ALDIZKARIA - 2008ko abenduaren 10a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE NAVARRA DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución de recurso de alzada 31/101/2008/00105/0

La Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 16 de octubre de 2008, mediante la que se Estima en parte el Recurso de alzada número 31/101/2008/00105/0, interpuesto por María Aránzazu Fernández Lavilla. Contra la diligencia de embargo de sueldos y salarios de 11 de septiembre de 2008.

Recurso Procedente: Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de julio de 1998), de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en los domicilios de la interesada, sitos en Burlada, Plaza Larrainzar 3-4.º A y en Gorraiz de Egüés, calle Osangoa 28, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte a la recurrente para que comparezca por sí o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de sus últimos domicilios y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra sin personarse la interesada en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se le tendrá por notificada a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 1 de diciembre de 2008.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de recurso de alzada 31/101/2008/00109/0

La Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 3 de noviembre de 2008, mediante la que se Desestima el Recurso de alzada número 31/101/2008/00109/0, interpuesto por Valentín Florín Lázar contra la diligencia de embargo de sueldos y salarios de 5 de septiembre de 2008.

Recurso Procedente: Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de julio de 1998), de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio del interesado, sito en Estella, calle Carlos VII número 16, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al recurrente para que comparezca por sí o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se le tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 1 de diciembre de 2008.-La Jefa de Sección de la Unidad de Impugnaciones, Ana Casas Carretero.

Resolución de recurso de alzada

La Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 18-06-2008, mediante la que se Inadmite a Trámite por Extemporáneo el Recurso de alzada interpuesto por Las Tres Marías Cybercafé S.L.L., contra la reclamación de deuda número 310810338088 y se confirma la misma en sus propios términos.

Recurso Procedente: Contra la presenten resolución, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, ante el órgano correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" 14 de julio de 1998).

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, Avenida Sancho el Fuerte 8 bajo, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al recurrente para que comparezca por sí o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 1 diciembre de 2008.-La Jefa de Sección, Pilar Merino Martínez.

Resolución de recurso de alzada

La Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Navarra, ha dictado resolución con fecha 19-06-2008, mediante la que se Inadmite a Trámite por Extemporáneo el Recurso de alzada interpuesto por Las Tres Marías Cybercafé, S.L.L., contra la reclamación de deuda número 310811768941 y se confirma la misma en sus propios términos.

Recurso Procedente: Contra la presente resolución, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, ante el órgano correspondiente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado" 14 de julio de 1998).

Por resultar infructuosas las gestiones para notificar la citada resolución en el domicilio del interesado, sito en Pamplona, Avenida Sancho el Fuerte 8 bajo, de conformidad con los artículos 59, 60 y 61 de la Ley 30/1992, y a fin de que sirva de notificación, se hace público el presente anuncio, y se advierte al recurrente para que comparezca por sí o por medio de representante con el objeto de que pueda conocer el contenido integro de la resolución, la cual no se publica en su totalidad por apreciarse que puede lesionar derechos o intereses legítimos, tal y como establece el último de los artículos citados.

Transcurridos diez días desde la publicación del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado en la sede de esta Dirección Provincial, sita en la avenida Conde Oliveto número 7 de Pamplona, se tendrá por notificado a todos los efectos en los términos señalados en dicho artículo 61.

Pamplona, 2 de diciembre de 2008.-La Jefa de Sección, Pilar Merino Martínez.

Iragarkiaren kodea: E0818629