80. ALDIZKARIA - 2007ko ekainaren 29a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

CARCASTILLO

Notificación de diligencia de embargo de bienes inmuebles

No habiendo sido posible la práctica de la notificación de la diligencia de embargo de bienes inmuebles por circunstancias que constan en el justificante, mediante el presente edicto se hace saber que contra Jose Benito Aramendia Garcia, con D.N.I./N.I.F. número 15789482 se sigue expediente de apremio número 15789482 por un importe total de 4.685 euros, incluidas 400 euros que provisionalmente se calculan para costas del procedimiento, en concepto de impuestos y tasas municipales, y en virtud de providencias de apremio de 8 de marzo de 2006, notificadas fehacientemente en su día.

Igualmente se hace saber que, con esta fecha, se ha dictado diligencia de embargo conforme a lo dispuesto en el artículo 113 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra sobre la finca que más abajo se describe, advirtiéndose que, cumplidos los trámites legales, se dictará el oportuno mandamiento conforme al artículo 114 del citado Reglamento para su anotación en el Registro de la Propiedad, a favor de Ayuntamiento de Carcastillo, así como la posterior enajenación de los bienes embargados en pública subasta.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 113.2 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra se notifica el embargo de bienes inmuebles al deudor, terceros poseedores y acreedores hipotecarios, si los hubiere.

Recursos:

1. Recurso de reposición ante el órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente de esta notificación.

2. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, comunicando previamente al órgano autor de la misma la intención de recurrir; o bien,

3. Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Finca que se embarga:

Urbana._Granja porcina en jurisdicción de Carcastillo, término del Villar, que mide una superficie total de cinco mil trescientos cincuenta metros cuadrados. Consta de tres naves construidas de ladrillo recubierto de cemento y viguetas de hormigón armado, con tejado de teja curva las naves uno y tres de uralita la nave número dos.

La nave número uno ocupa una superficie cubierta de seiscientos ochenta y siete metros cincuenta decímetros cuadrados; la nave número dos mide a cubierto cuatrocientos veinte metros cuadrados y la nave número tres tiene una superficie edificada de cuatrocientos metros cuadrados.

El resto de la superficie de la finca es terreno descubierto destinado a acceso y servicios de la granja. Linda: frente o Sur, por donde tiene su entrada, camino; derecha entrando o Este, Agustín Goñi y Anselmo Miqueleiz; izquierda y Oeste, barranco; y fondo o Norte, Juan Zubiría y otros.

Finca número 4737 de Carcastillo. Tomo 2569, Libro 101, Folio 111.

Carcastillo, 2007ko martxoaren 15a
El Recaudador Ejecutivo, María Begoña San Martín Amor.

Iragarkiaren kodea: L0710034