112. ALDIZKARIA - 2007ko irailaren 7a

II. NAFARROAKO TOKI ADMINISTRAZIOA

2.1. ORDENANTZAK ETA BESTELAKO XEDAPEN OROKORRAK

BERRIOBEITI

Aldaketa puntuala Berriobeitiko Udal Planean, UI-1unitateko 2, 3, 4, 7, 8 eta 9. unitateei dagokienez, Artikako industrialdean. Behin betiko onespena. Arauak

Toki Araubidearen Oinarriak arautzen dituen apirilaren 2ko 7/1985 Legearen 70.2 artikuluan xedatuari jarraikiz, Lurraldearen Antolamenduari eta Hirigintzari buruzko abenduaren 27ko 35/2002 Foru Legearen 79-3 eta 81. artikuluekin bat baitator, eta 2005eko 139. Nafarroako ALDIZKARI OFIZIALean, azaroaren 21ean egin argitalpenaren osagarri, orain haren araudia osorik ematen da argitara; izan ere, behin betikoz onetsi da aldaketa puntuala Berriobeitiko Udal Planean, UI-1unitateko 2, 3, 4, 7, 8 eta 9. unitateei dagokienez, Artikako industrialdean.

Berriobeitin, 2007ko abuztuaren 16an._Alkatea, José María Irisarri.

NORMATIVA PROPUESTA

Como criterio general de ordenación se propone sustituir la volumetría actual en dos plantas y con ocupación de la totalidad de la parcela por otro volumen en siete alturas que permita generar espacios libres en la manzana y sea un volumen de referencia desde la zona verde de Mogotes, neutralizando así la sensación de limite fronterizo industrial, así como consiguiendo un edificio con escala de referencia mas equilibrada respecto a la variante norte, evitando la sensación de estar por encima de una manzana industrial.

Lógicamente la volumetría propuesta se acompaña de una imagen estética acorde con el uso previsto para oficinas, servicios y comercio, tal como puede apreciarse en el esquema axonométrico que se acompaña.

Otro aspecto a considerar, además de la liberalización de espacios antes mencionada es el aumento de plazas de aparcamiento a generar.

AsI vemos como en la ordenación actual se generan 44 plazas de aparcamiento en espacio de uso público y ninguna en espacio privado, pues la superficie de las parcelas previstas anulan en la práctica la ejecución de sótano con uso de aparcamiento.

Por contra, la propuesta presentada genera 109 plazas de aparcamiento en espacios de uso publico y un mínimo de 85 plazas en sótano de uso privado, es decir se cuadriplica la oferta actual.

Por ultimo la propuesta no altera los usos existentes pues únicamente se elimina el uso industrial por indeseado para un edificio con las características del propuesto.

Respecto a los aprovechamientos se mantienen los previstos por el planeamiento, es decir 4.082,40 m² edificables sobre rasante, si bien cabe decir que debido a la altura prevista en planta baja por cuestiones estéticas, el 50% de la misma podría ser ocupado por entreplantas sin que en ningún caso pueda suponer una planta independiente, es decir, debiendo estar siempre vinculada a la actividad en planta baja y accediéndose siempre desde la planta baja.

La altura máxima del edificio, medida desde el suelo de planta baja a coronación del último forjado (tapa P. 6.ª), no sobrepasa los 27,00 m, y por cuestiones estéticas, la planta baja contará con una altura libre no mayor de 6,35 m ni menor de 5,50 m.

Podrán sobrepasar la altura máxima del edificio el cuerpo de escaleras para acceso a cubierta, casetón de ascensores, instalaciones de aire acondicionado, etc.

Las rasantes previstas se indican en lo planos anexos.

1_Cesiones, suelo público y privado.

La ordenación propuesta, además de la reordenación de volúmenes sobre rasantes, establece la existencia obligada de un sótano con uso de garaje-trasteros y modifican la disposición de las aceras y aparcamientos sobre rasante a fin de obtener un mayor número de plazas de aparcamiento y mejorar la anchura de las aceras existentes.

No obstante, esta ordenación provoca que tres de las cuatro aceras perimetrales invadan el suelo privado actualmente delimitado.

Por ello se propone urbanizar y ceder estos suelos como viario público, limitando la ocupación del sótano hasta el límite de dicho suelo público, por lo cual coincidirá con el límite interior de las aceras perimetrales.

El resto del suelo no ocupado por el edificio y sito sobre el sótano previsto, contará con la calificación de suelo privado de uso público, corriendo la urbanización del mismo por cuenta del promotor, y el mantenimiento por cuenta del Ayuntamiento.

2_Ficha urbanística.

Se adjunta ficha urbanística de las nuevas determinaciones para la manzana formada por las parcelas 2, 3, 4, 7, 8 y 9, manteniéndose el resto de las parcelas con las determinaciones actualmente en vigor.

Ficha parcelas 2, 3, 4, 7, 8 Y 9 de unidad U.I.1 de Artica

_Superficie total. 2.940 m².

_Alturas. B+6.

_Superficie edificable. 4.082,40 m².

_Ocupación entreplanta. 50% de P.B. (no computable)

_Superficie de cesión a viario. 288,88 m².

_Superficie máxima ocupación sótano. la delimitada por el suelo privado.

_Otras determinaciones. En lo no indicado en memoria, planos o fichas, será de aplicación la normativa urbanística vigente.

Iragarkiaren kodea: L0712906