50. ALDIZKARIA - 2006ko apirilaren 26a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en el procedimiento número 569/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Manuel Poley Gómez, contra la empresa Izubai, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Seirt, S.A.U. y Auna Telecomunicaciones, S.A., sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Manuel Poley Gómez, frente a las empresas Izubai, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Seirt, S.A.U., Auna Telecomunicaciones, S.A., debo condenar y condeno a las demandadas a estar y pasar por esta resolución y condenar a Izubai, S.L. a abonar a la actora en concepto de indemnización, 1.120,08 euros, más 1.328 euros, la paga extra de verano de 639,95, y de este último concepto responderá solidariamente con Auna y Seirt, S.A.u., en la cantidad de 517,29 euros, más el interés del diez por ciento de recargo de mora, en lo que respecta a los salarios (salario y paga extra), así como a Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta resolución.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia. Notifíquese a las partes la sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., Banco de Vitoria, S.A.), sucursal de la calle Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159.0000.65.056905. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159.0000.67.056905, la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Izubai, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2006ko apirilaren 6a
La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0606332