48. ALDIZKARIA - 2006ko apirilaren 21a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Mercantil número Uno de Pamplona

EDICTO

Juzgado Mercantil (Civil) de Pamplona.

Juicio: Ordinario número 68/2005.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:

"Sentencia. En Pamplona, a 3 de octubre de 2005. Vistos por el ilustrísimo don Ildefonso Prieto García-Nieto, Magistrado- Juez del Juzgado de lo Mercantil de Pamplona y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario número 68/2005 seguidos ante este Juzgado, a instancia de Cth Navarra, S.L., representado por el Procurador don Rafael Ortega Yagüe y asistido por la Letrado doña Blanca Molins Castiella, contra Grupo Danai, S.L., Salvador Villanueva Amátriain y Miguel María Serrano Cáceres, sobre reclamación de cantidad y responsabilidad de administradores sociales.

Vistos los preceptos legales citados y los demás de pertinente y general aplicación.

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Rafael Ortega Yagüe, en representación de la mercantil Cth Navarra, S.L., debo condenar y condeno a los demandados Grupo Danai, S.L., don Salvador Villanueva Amátriain y don Miguel-María Serrano Cáceres, a pagar a la demandante, con carácter solidario, la cantidad de dieciséis mil setecientos treinta y cuatro con cuarenta y seis (16.734,46) euros, más los intereses legales devengados desde el vencimiento de los pagares girados que se relacionan en tal demanda, con imposición de costas a los demandados.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo. El Magistrado-Juez".

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica al codemandado don Miguel María Serrano Cáceres, la sentencia, dictada, a fin de que en el plazo de cinco días, pueda interponer recurso de apelación, bajo apercibimiento de que de no verificarlo se declarará firme la misma.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el Tablón de Anuncios. Doy fe.

Pamplona, 2006ko martxoaren 16a
El Secretario Judicial, firma ilegible.

Iragarkiaren kodea: J0605521