150. ALDIZKARIA - 2006ko abenduaren 15a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Tudela

EDICTO

Doña María Elena Sancho Lumbreras, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Tudela.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Juicio ejecutivo, bajo el número 264/1998, seguido a instancias de Felipe Zarza Villarejo y Herederos de María Villar Alonso Pelarda, representados por la Procurador señora Ribas, frente a María Esther Corral Calvo, reprsentada por el Procurador señor Bozal, y Jose María Zarza Alonso, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este Edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 23 de enero de 2007 a las doce horas con los requisitos siguientes:

Primero._Requisitos para pujar. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones en Banesto, 0030, Sucursal 8047, cuenta número 00-0000000000, concepto 3184 0000 17 026498 o de haber prestado aval bancario por el 30% del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Art. 647, 669.1.º y 666 L.E.C.)

Segundo._Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Art. 648 L.E.C.).

Tercero._Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Art. 668 y 669.2.º L.E.C.)

Cuarto._Condiciones para la aprobación del remate, posturas admisibles.

1._Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

2._Si sólo se hicieren posturas superiores al 70% del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70% del valor de salida.

3._Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70% del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

_Su postura supere el 50% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

_El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura)

_O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70% de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (Art. 670 L.E.C.)

Quinto._Destino de los depósitos constituidos para pujar. aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Art. 652 L.E.C.)

Sexto._Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Art. 653 L.E.C.)

Fincas subastadas:

1.º Vivienda sita en jurisdicción de Tudela (Navarra), calle Añon Baigorri número 2 - portal 8, 2.º A y cuatro trastero número 54, como anejo inseparable. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Tudela número uno al Tomo 2593, libro 552, folio 223, finca número 29357.

Valorada en 87.795,11 euros.

2.º Plaza de garage señalada con el numero 63, en Tudela, sito en calle Añon Baigorri, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Tudela, Tomo 2602, libro 555, folio 193, finca número 29299-63.

Valorada en 12.000 euros.

3.º Mitad indivisa de la vivienda sita en jurisdicción de Tudela, calle Aniceto Frauca número 18-2.º A, inscrito en el Registro de la Propiedad de Tudela número 1 al Tomo 2646, libro 571, folio 40, finca número 30093.

Valorada en 85.000 euros.

4.º Plaza de garage número 16 y trastero número 9 sito en jurisdiccion de Tudela, calle Aniceo Frauca num. 18 inscritos en el Registro de la Propiedad de Tudela número 1 al Tomo 2755, libro 625, folio 19, finca 31.532.

Valorada en 13.200, euros.

Tudela, 2006ko azaroaren 16a
La Secretaria, María Elena Sancho Lumbreras.

Iragarkiaren kodea: J0619205