84. ALDIZKARIA - 2005eko uztailaren 15a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Edicto de notificación

Doña Lourdes García Ruiz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento número 272/2005, seguido en este Juzgado a instancias de Sebastián Sánchez Vílchez, contra la empresa Construcciones Farax, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Que estimando la demanda en reclamación de cantidad deducida por don Sebastián Sánchez Vílchez, frente a la empresa Construcciones Farax, S.L., y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a dicha empresa demandada a abonar al demandante la suma de 3.032,87 euros, más el interés moratorio del 10 por 100 respecto de la cantidad de 1.699,55 euros, condenando al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado, en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, cuenta 3160.0000.65.0272.05, en la sucursal del Banesto, de la calle Cortés de Navarra (oficina número 0030-8025), y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y oficina, esta vez con número de cuenta 3160.0000.67.0272.05, la cantidad objeto de condena. En caso de realizarse los ingresos mediante transferencia bancaria, habrá que consignarse como clave de la oficina receptora el número 8025.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario, en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construcciones Farax, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 2005eko ekainaren 17a
La Secretaria Judicial, Lourdes García Ruiz.

Iragarkiaren kodea: J0515284